¿Quienes NO están obligados a presentar Declaración Anual y quienes sí?

¿Quienes NO están obligados a presentar Declaración Anual y quienes sí?

Seguramente te han surgido dudas con respecto a la declaración anual de impuestos, pues en este post te enseñamos los casos, personas o supuestos que no están obligados a presentar la Declaración Anual. Los siguientes supuestos de personas físicas no están obligados a presentar la declaración, no obstante, si así lo desean, pueden presentarla. Conoce los casos en que NO debes presentarla.

No debes presentarla, si eres persona física inscrita en el Régimen de Incorporación Fiscal, una de las grandes ventajas de pertenecer a este régimen. 

Si obtuviste ingresos por salarios de un solo patrón siempre que no excedan de 400 mil pesos en el ejercicio

Si obtuviste ingresos por salarios e intereses nominales que no excedan los 20 mil pesos

Si obtuviste ingresos totales por salarios de un solo patrón e intereses reales, no mayores a 400 mil pesos, siempre que los intereses reales no hayan excedido de 100 mil pesos en el ejercicio.

La declaración anual de persona física en México, se presenta en el mes de abril, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) habilitó el sitio en línea para que a partir del primero de abril, las personas preparen y presenten su declaración.

Si no caes los supuestos y tienes que presentarla, te sugerimos anticiparte para que las revisiones y aclaraciones de tu documentación pueda ser revisado y no tengas ningún inconveniente. 

Si deben presentar Declaración Anual:

· Si ganas más de 400,000 pesos al año o su equivalente a 33 mil pesos al mes.

· Sí tienes más de un patrón.

· Si te pagan por honorarios (prestas servicios profesionales y/o empresariales).

· Sí adquiriste bienes.

· Sí rentas bienes (arrendamiento de inmuebles).

· Si enajenaste o vendiste algún tipo de bien.

· Si recibes ingresos de empleadores no obligados a hacer retenciones (como embajadas u organismos internacionales).

· Si eres asalariado y dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año 2021.

· Sí percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación y/o algún tipo de indemnización laboral.

 

¿Necesitas apoyo profesional para presentarla? Llámanos o ponte en contacto. Contamos con presupuestos a la medida y acuses de comprobación de la declaración para tu tranquilidad. 

¿En que régimen fiscal debo inscribirme?

¿En que régimen fiscal debo inscribirme?

Si vas a inscribirte o cambiar de régimen fiscal ante el SAT como persona física, te presentamos una guía de las características y obligaciones que te pueden ayudar a tomar la mejor decisión. Recuerda que si estás en dos actividades que abarquen dos regimenes diferentes se tomará como «Mixta». 

Una persona física es un individuo que pertenece a una comunidad que cuenta con derechos y obligaciones a diferencia de la persona moral que es un organismo conformado y representado por un conjunto de personas físicas y se constituye mediante un acto jurídico ante una autoridad, que crean una empresa. 

Régimen de Sueldos y Salarios – Asalariados

Régimen de persona física con actividad empresarial y/o profesional

Régimen de Incorporación fiscal (RIF)

Régimen de arrendamiento o arrendadores

¿Tienes dudas sobre tu contabilidad? Contáctenos al: 55 5415 – 2579

¿De sueldos y salarios a honorarios?

¿De sueldos y salarios a honorarios?

Si ahora te convertirás en profesionista independiente (freelance), o comenzarás a prestar tus servicios a diferentes empresas y emprenderás ese negocio que tanto soñaste o que te apasiona (proveedor), deberás conocer tus nuevas obligaciones en materia  de impuestos y contabilidad que te serán de mucha utilidad.

Recuerda que el orden de los registros desde el principio y medir tus resultados puede ser la clave de tu éxito.

Sabemos que el pago de impuestos, puede hacernos dudar si emprender, pero si llevas una buena contabilidad y manejas inteligentemente tus finanzas, puedes equilibrar tú economía. Que la idea de comenzar a declarar o pagar impuestos, no frene tu emprendimiento.

¿Cuales son mis obligaciones si estoy inscrito en el Régimen de honorarios o servicios profesionales?

Régimen de persona física con Actividad Profesional?

  • Presentar declaraciones mensuales
  • Presentar declaración anual
  • Presentar DIOT mensual
    (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros)
  • Conservar facturas electrónicas de tus gastos
  • Entregar a tus clientes facturas electrónicas
  • Activar el Buzón tributario
  • Mantener tus datos actualizados en el RFC

Adicionalmente, si tienes empleados, deberás:

  • Retener y enterar ISR por los sueldos que pagas
  • Registrarlos ante el IMSS
  • Timbrar la nómina y entregar recibos de nomina
  • Pagar el impuesto sobre nóminas estatal

TITULO IV Capitulo II Ley del Impuesto Sobre la Renta

En la declaración anual, podrás deducir los gastos que por actividad profesional que te corresponden, cumpliendo los requisitos para las deducciones personales.

También es importante que conserves y expidas facturas electrónicas, pues así tendrás el registro de tus actividades y las pruebas para la deducción y devolución de impuestos. 

No importa que tan pequeño o robusto sea tu emprendimiento, contar con un sistema contable que te ayude a controlar tu actividad económica es importante. Así cuando vaya creciendo tu negocio, necesitarás revisar tus obligaciones y empezar a realizar un presupuesto anual, enviar contabilidad electrónica y otras obligaciones fiscales que, si desde un principio llevaste al día, te será mas fácil controlar.

Si vas a darte de alta o cambiar de régimen fiscal como persona física o de persona física a moral por que quieres concretar una  sociedad, empieza por el registro, documentación necesaria, organización y requerimientos para empezar con el pie derecho tu negocio. 

Las preguntas más frecuentes que nos hacen son: ¿Cómo facturar?, ¿Como entregar e interpretación de estados financieros? como primeros pasos.

La puntualidad en el pago de impuestos, es un punto que deberás cumplir para evitar recargos  y problemas con el SAT, un calendario fiscal, puede ayudarte a presentar tus declaraciones mensuales y anuales con anticipación.

Si nunca habías tenido que declarar  por tu cuenta, y necesitas ayuda profesional, contáctanos, tenemos planes personalizados, que se adecuan a la carga de trabajo no a los montos de facturación .

Ten un aliado de tus finanzas e impuestos. Permite que nuestro equipo se encargue de esos procesos engorrosos mientras tú, te dedicas a hacer crecer tu negocio.

 

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5 Consejos para facilitar la devolución de impuestos

5 Consejos para facilitar la devolución de impuestos

La Declaración Anual de Impuestos es un reporte que contiene el total de ingresos, retenciones y gastos obtenidos durante un año fiscal.

Dicho reporte se presenta en el mes de marzo y abril ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). El saldo a favor en el SAT lo tienen todas aquellas personas que pagaron sus impuestos y el cálculo indica que pagó más de lo que debía.

Si resultaste con saldo a favor, deberás tomar en cuenta los siguientes consejos:

1. Debes tener activo tu Buzón Tributario.

El registro se realiza a través del portal de SAT , el cual te solicitará un correo electrónico o un número telefónico.

2. Requisitos para solicitar la devolución del IVA

Debes haber presentado las DIOTS y verificar que tus gastos cumplan al 100% con todos los requisitos de deducibilidad marcados en la Ley.

3. Verifica que el Formato Electrónico de Devolución (FED) sea correcto.

El  llenado incorrecto del formato de devolución puede retrasar el tiempo de la devolución.

4. La devolución se hace a la cuenta bancaria del contribuyente

El SAT te solicitará la CLABE Interbancaria y un estado de cuenta para verificar los datos.

 

5. Si eres asalariado bastará con:

a) Llenar correctamente tu declaración anual.

b) Enviar tu declaración anual a tiempo.

c) Seleccionar la opción de devolución

d)Otorgar tu Clabe interbancaria

e) Firmar tu Declaración Anual (solo en los casos que proceda).

Si al contrario, resultaste con SALDO A PAGAR, haz una revisión de tus cuentas y estrategia fiscal que te permita tomar decisiones para el próximo año fiscal.

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