El ciclo contable es el conjunto de operaciones que se realizan respectivamente durante cada ejercicio fiscal con el fin de determinar el resultado de la actividad y la estructura económico-patrimonial de la empresa. ¿Por qué realizar el cierre contable? Realizar el...

Novedades del Buzón Tributario
¿Qué es el Buzón Tributario?
El Buzón Tributario, es un medio de comunicación directo entre el SAT y los contribuyentes, donde podrás enviar y recibir información, avisos electrónicos, promociones, solicitudes, etc.
¿Para que sirve el Buzón Tributario?
– Facilita la consulta y disponibilidad de documentos digitales los 365 días del año las 24 horas del día.
– Garantiza la seguridad y accesibilidad de la información con un sitio insitucional y oficial.
– Permite acceder a un espacio único y ofic ial para asuntos y trámites.
– Agiliza la transmisión electrónica de información con las autoridades.
¿Qué necesito para activarlo?
Necesitarás:
· RFC válido
· Contraseña
· E- Firma
Entrar al portal del SAT e incluir tus datos.
Medios de contacto
El SAT te pedirá un medio de contacto para poder enviar y recibir información, la cual deberás mantener actualizada y deberás confirmarla dentro de las siguientes 72 horas, una vez ingresados los datos de contacto. Estos pueden ser:
· Correo electrónico
· Número móvil (SMS) para envío de mensajes cortos de texto. CFF 17-K, 17-H Bis, 134
Infracciones, multas en caso de no activar el Buzón
- Artículo 86-C. Se considera infracción en la que pueden incurrir los contribuyentes conforme lo previsto en el artículo 17-K de este Código, el no habilitar el buzón tributario, no registrar o no mantener actualizados los medios de contacto conforme lo previsto en el mismo.
- Artículo 86-D. A quien cometa la infracción relacionada con la no habilitación del buzón tributario, el no registro o actualización de los medios de contacto conforme a lo previsto en el artículo 86-C, se impondrá una multa de $3,080.00 a $9,250.00.

FECHAS LÍMITE PARA ACTIVAR EL BUZÓN TRIBUTARIO PARA PERSONA FÍSICA Y MORAL
Persona moral: 31 de Marzo . Persona Física: 30 de abril


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Contáctanos @Arguet Consultoría.
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