Novedades del Buzón Tributario

Novedades del Buzón Tributario

¿Qué es el Buzón Tributario?

El Buzón Tributario, es un medio de comunicación directo entre el SAT y los contribuyentes, donde podrás enviar y recibir información, avisos electrónicos, promociones, solicitudes, etc.  

¿Para que sirve el Buzón Tributario?

– Facilita la consulta y disponibilidad de documentos digitales los 365 días del año las 24 horas del día. 

– Garantiza la seguridad y accesibilidad de la información con un sitio insitucional y oficial.

– Permite acceder a un espacio único y ofic ial para asuntos y trámites.

– Agiliza la transmisión electrónica de información con las autoridades. 

¿Qué necesito para activarlo?

Necesitarás:

· RFC válido

·  Contraseña

· E- Firma

Entrar al portal del SAT e incluir tus datos. 

Medios de contacto

El SAT te pedirá un medio de contacto para poder enviar y recibir información, la cual deberás mantener actualizada y deberás confirmarla dentro de las siguientes 72 horas, una vez ingresados los datos de contacto. Estos pueden ser:

· Correo electrónico

· Número móvil (SMS) para envío de mensajes cortos de texto. CFF 17-K, 17-H Bis, 134

Infracciones, multas en caso de no activar el Buzón 

  • Artículo 86-C. Se considera infracción en la que pueden incurrir los contribuyentes conforme lo previsto en el artículo 17-K de este Código, el no habilitar el buzón tributario, no registrar o no mantener actualizados los medios de contacto conforme lo previsto en el mismo.
  • Artículo 86-D. A quien cometa la infracción relacionada con la no habilitación del buzón tributario, el no registro o actualización de los medios de contacto conforme a lo previsto en el artículo 86-C, se impondrá una multa de $3,080.00 a $9,250.00.

FECHAS LÍMITE PARA ACTIVAR EL BUZÓN TRIBUTARIO PARA PERSONA FÍSICA Y MORAL

Persona moral: 31 de Marzo . Persona Física: 30 de abril

Tienes duda con respecto a tu contabilidad? 

Contáctanos @Arguet Consultoría.

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5 Consejos para facilitar la devolución de impuestos

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La Declaración Anual de Impuestos es un reporte que contiene el total de ingresos, retenciones y gastos obtenidos durante un año fiscal.

Dicho reporte se presenta en el mes de marzo y abril ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). El saldo a favor en el SAT lo tienen todas aquellas personas que pagaron sus impuestos y el cálculo indica que pagó más de lo que debía.

Si resultaste con saldo a favor, deberás tomar en cuenta los siguientes consejos:

1. Debes tener activo tu Buzón Tributario.

El registro se realiza a través del portal de SAT , el cual te solicitará un correo electrónico o un número telefónico.

2. Requisitos para solicitar la devolución del IVA

Debes haber presentado las DIOTS y verificar que tus gastos cumplan al 100% con todos los requisitos de deducibilidad marcados en la Ley.

3. Verifica que el Formato Electrónico de Devolución (FED) sea correcto.

El  llenado incorrecto del formato de devolución puede retrasar el tiempo de la devolución.

4. La devolución se hace a la cuenta bancaria del contribuyente

El SAT te solicitará la CLABE Interbancaria y un estado de cuenta para verificar los datos.

 

5. Si eres asalariado bastará con:

a) Llenar correctamente tu declaración anual.

b) Enviar tu declaración anual a tiempo.

c) Seleccionar la opción de devolución

d)Otorgar tu Clabe interbancaria

e) Firmar tu Declaración Anual (solo en los casos que proceda).

Si al contrario, resultaste con SALDO A PAGAR, haz una revisión de tus cuentas y estrategia fiscal que te permita tomar decisiones para el próximo año fiscal.

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