


¿Qué es él ISR ( Impuesto sobre la renta)?





Alternativas Fiscales para el 2019 ante la contingencia del COVID-19
Ante la contingencia que estamos viviendo en México y todo el mundo, negocios cerrados, ventas paradas, emprendedores afectados, etc… por el Coronavirus (COVID-19), las empresas y los patrones pueden tomar ciertas alternativas fiscales que les ayuden en el pago de impuestos, la contabilidad y finanzas de sus negocios, apoyadas en el marco de la ley, para aminorar el peso de las obligaciones fiscales que se preveén activas durante el presente año 2020.
A lo largo de esta semana nos hemos propuesto, publicar algunas alternativas fiscales disponibles para dar posibles soluciones en apoyo a las PyMES, particulares y empresas.

1. Alternativa Fiscal: Los patrones y empresas pueden disminuir de la utilidad fiscal de sus pagos provisionales mensuales la PTU pagada a sus empleados.
Así es, por ejemplo: Si en mayo del 2020 pagas la PTU* correspondiente al ejercicio 2019, la podrás disminuir por partes iguales en tus pagos provisionales, en los meses de mayo a diciembre.
*Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la empresa.
Fundamento: LISR artículo 14 fracción II inciso a.

2. Alternativa fiscal: Si realizas pagos al extranjero por servicios que son estrictamente indispensables para tu negocio, los puedes deducir.
Recuerda que los comprobantes del extranjero deben tener: La razón social y domicilio de quien lo expide, lugar y fecha de expedición, descripción del servicio, monto total de la contraprestación, razón social del usuario del servicio. Por ejemplo: Pagos de dominio de correos electrónicos, hospedaje de páginas de internet (host), licencias de software, cursos online de instituciones extranjeras, entre otros.
Fundamento LISR artículo 27

3. Alternativa fiscal: Si eres empresa, tienes la opción de diminuir los pagos provisionales a partir del segundo semestre del ejercicio.
Recuerda que las empresas realizan el cálculo de sus pagos provisionales con un Coeficiente de Utilidad resultado de las utilidades del año anterior.
Sin embargo si este año, las utilidades de tu empresa van a ser menores, derivado de la pandemia, puedes solicitar a la autoridad una autorización para disminuirlos, según tus proyecciones.
Fundamento LISR artículo 14 fracción II inciso B

5 Consejos para facilitar la devolución de impuestos
La Declaración Anual de Impuestos es un reporte que contiene el total de ingresos, retenciones y gastos obtenidos durante un año fiscal.
Dicho reporte se presenta en el mes de marzo y abril ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). El saldo a favor en el SAT lo tienen todas aquellas personas que pagaron sus impuestos y el cálculo indica que pagó más de lo que debía.
Si resultaste con saldo a favor, deberás tomar en cuenta los siguientes consejos:

1. Debes tener activo tu Buzón Tributario.
El registro se realiza a través del portal de SAT , el cual te solicitará un correo electrónico o un número telefónico.

2. Requisitos para solicitar la devolución del IVA
Debes haber presentado las DIOTS y verificar que tus gastos cumplan al 100% con todos los requisitos de deducibilidad marcados en la Ley.

3. Verifica que el Formato Electrónico de Devolución (FED) sea correcto.
El llenado incorrecto del formato de devolución puede retrasar el tiempo de la devolución.

4. La devolución se hace a la cuenta bancaria del contribuyente
El SAT te solicitará la CLABE Interbancaria y un estado de cuenta para verificar los datos.

5. Si eres asalariado bastará con:
a) Llenar correctamente tu declaración anual.
b) Enviar tu declaración anual a tiempo.
c) Seleccionar la opción de devolución
d)Otorgar tu Clabe interbancaria
e) Firmar tu Declaración Anual (solo en los casos que proceda).

Si al contrario, resultaste con SALDO A PAGAR, haz una revisión de tus cuentas y estrategia fiscal que te permita tomar decisiones para el próximo año fiscal.
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Deducciones fiscales para persona moral que puedes aplicar en tu declaración anual
Las empresas, instituciones y organizaciones constituidas por personas morales disfrutan de un gran listado de deducciones fiscales. Las deducciones fiscales, son aquellas que la empresa puede disminuir de sus ingresos acumulables en un año, para que la base gravable, que es sobre la cual se calcula el impuesto, sea menor.
A menor base gravable, menor es el impuesto a pagar.
Es importante mencionar que NO TODOS LOS GASTOS EN UNA EMPRESA, SON DEDUCIBLES, es decir, no todos los gastos los vamos a poder disminuir de nuestros ingresos fiscales.
Para saber qué gastos cumplen con los requisitos de deducibilidad, así como los topes máximos que se pueden deducir de determinados gastos, tenemos que apegarnos a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y al Código Fiscal de la Federación (CFF).

Listado de las deducciones más comunes para persona moral
• Costo de lo vendido
• Devoluciones y descuentos sobre ventas realizadas
• Pago de Sueldos y Salarios
• Pago de Asimilados a Salarios
• Cuotas Patronales pagadas al IMSS e INFONAVIT
• Impuesto sobre nóminas
• Pagos de servicios profesionales
• Combustibles y Lubricantes
• Consumos en Restaurantes en pro de la empresa
• Fletes y Acarreos
• Uso o goce de temporal de bienes
• Primas por seguros o Fianzas
• Anticipos a cuentas de mercancías siempre y cuando solicites factura
• Inversiones en Activos Fijos donde la deducción se realiza a través de la depreciación, de acuerdo con las tasas de depreciación establecidas en la LISR
• Créditos incobrables o pérdidas de fuerza mayor: Son aquellas cuentas que la empresa no puede cobrar por imposibilidad del cliente para pagar.
• Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.
Al día de hoy el SAT no ha publicado oficialmente una prorroga para que las personas morales tengan mas tiempo para declarar su declaración anual, por lo que el 31 de Marzo, es la fecha límite para presentar tu declaración anual, si aun no lo has hecho o tienes dificultades con declaraciones anteriores, te apoyamos con asesoría fiscal y revisión de estatus, para que aún puedas cumplir a tiempo y en forma.
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