Deducciones fiscales para persona moral que puedes aplicar en tu declaración anual

Deducciones fiscales para persona moral que puedes aplicar en tu declaración anual

Las empresas, instituciones y organizaciones constituidas por personas morales disfrutan de un gran listado de deducciones fiscales. Las deducciones fiscales, son aquellas que la empresa puede disminuir de sus ingresos acumulables en un año, para que la base gravable, que es sobre la cual se calcula el impuesto, sea menor.

A menor base gravable, menor es el impuesto a pagar.

Es importante mencionar que NO TODOS LOS GASTOS EN UNA EMPRESA, SON DEDUCIBLES, es decir, no todos los gastos los vamos a poder disminuir de nuestros ingresos fiscales.

Para saber qué gastos cumplen con los requisitos de deducibilidad, así como los topes máximos que se pueden deducir de determinados gastos, tenemos que apegarnos a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y al Código Fiscal de la Federación (CFF).

Listado de las deducciones más comunes para persona moral

• Costo de lo vendido

• Devoluciones y descuentos sobre ventas realizadas

• Pago de Sueldos y Salarios

• Pago de Asimilados a Salarios

• Cuotas Patronales pagadas al  IMSS e INFONAVIT

• Impuesto sobre nóminas

• Pagos de servicios profesionales

• Combustibles y Lubricantes

• Consumos en Restaurantes en pro de la empresa

• Fletes y Acarreos

• Intereses de préstamos invertidos en los fines del negocio

• Uso o goce de temporal de bienes

• Primas por seguros o Fianzas

• Anticipos a cuentas de mercancías siempre y cuando solicites factura

• Inversiones en Activos Fijos donde la deducción se realiza  a través de la  depreciación, de acuerdo con las tasas de depreciación establecidas en la LISR

• Créditos incobrables o pérdidas de fuerza mayor: Son aquellas cuentas que la empresa no puede cobrar por imposibilidad del cliente para pagar.

• Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.

Al día de hoy el SAT no ha publicado oficialmente una prorroga para que las personas morales tengan mas tiempo para declarar su declaración anual, por lo que el 31 de Marzo, es la fecha límite para presentar tu declaración anual, si aun no lo has hecho o tienes dificultades con declaraciones anteriores, te apoyamos con asesoría fiscal y revisión de estatus, para que aún puedas cumplir a tiempo y en forma.

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