Dictamen de Impuesto Sobre Nómina
Presentar el Aviso y Dictamen de Impuesto Sobre Nómina de la CDMX desempeña un papel esencial para las empresas o patrones pues les permite verificar, diagnosticar y cumplir con las obligaciones fiscales que impactan en el área de nóminas y en la actividad económica de la empresa.
Así mismo, promueve las buenas prácticas dentro de la organización, incentivando la certeza de que se está haciendo un buen trabajo y se está cumpliendo con la ley.
Así mismo, promueve el conocimiento e identificación de las prácticas en el desarrollo de la organización, incentivando la certeza de que se está haciendo un buen trabajo.
Ciudad de México
Aviso para dictaminación
Presentación del Dictamen
El Aviso para dictaminar se presenta a mas tardar el próximo 15 de marzo
Art 62, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Ciudad de México
El contribuyente con registro en la Ciudad de México deberá presentar el dictamen a más tardar el 31 de mayo a través del sitio en línea SIPREDI
El dictamen deberá ser formulado por un Contador Público Certificado.
¿Quiénes deben presentarlo?
- Quienes durante el ejercicio a dictaminar hayan contado con un promedio mensual de 150 o más trabajadores.
- El Dictamen se deberá señalar un domicilio dentro de la circunscripción territorial de la Ciudad de México
- Quienes se encuentran en los dos primeros casos y se hayan fusionado o escindido o liquidado.
- Las personas físicas y morales que no se encuentren en alguno de los supuestos, tendrán la opción de hacer dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de manera voluntaria.
No presentar el dictamen estando obligado o habiendo optado por dictaminarse; presentar dicho dictamen en forma extemporánea a requerimiento de la autoridad fiscal, se sancionará con una multa de trescientas y hasta setecientas veces el valor diario de la UMA (Unidad de Medida y Actualización) vigente.
Estado de México
Aviso para dictaminación
Presentación del Dictamen
¿Cuándo se presenta?
El Aviso para dictaminar se presenta a mas tardar el próximo 30 de julio del presente año.
Art. 47 B del Código Financiero del Estado de México y Municipios vigente.
¿Cuándo se presenta?
El contribuyente con registro en el Estado de México deberá de presentar el dictamen a más tardar el 30 de agosto del presente año a través del sitio en línea DICTAMEX.
El dictamen deberá ser formulado por un Contador Público Certificado.
Estado de México
- Quienes durante el ejercicio 2022 hayan contado con un promedio mensual de 200 o más trabajadores.
- Quienes pagaron remuneraciones superiores a 400,000 mil en promedio mensual.
- Quienes se encuentran en los dos primeros casos y se hayan fusionado o escindido o liquidado.
- Las personas físicas y morales que no se encuentren en alguno de los supuestos, tendrán la opción de hacer dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de manera voluntaria.
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Calidad y transparencia
Nuestro Servicio
CARACTERÍSTICAS
- Elaboración de un Plan de trabajo que nos permite ser eficaces
- Presentación de Aviso de Dictamen
- Desarrollo de auditoría, que contiene:
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- Revisión de las bases y tasas con las que fueron pagadas las contribuciones, con apego a disposiciones fiscales vigentes.
- Verificación del cálculo y determinación de diferencias (en caso de aplicar).
- Revisión de declaraciones complementarias
- Emisión de dictamen: Entrega y presentación del dictamen expresando la opinión sobre la razonabilidad del cumplimiento de las obligaciones fiscales.
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Beneficios de dictaminarse
Responsabilidad, compromiso y transparencia.
Determinar el correcto cumplimiento de las declaraciones y pagos del ISN.
Verificar los pagos para corregir o determinar la diferencia en su caso.
Tener certeza de los procesos contables y fiscales que lleva a cabo la organización durante todo el año.
Cumplir con el pago de impuestos locales en tiempo y forma, para evitar multas y recargos.
Dar credibilidad y confianza a usuarios externos (bancos, proveedores, clientes, inversionistas, etc) sobre la información financiera.
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Presupuestos a la medida.
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