Declaración Anual de Persona Física
En México las personas físicas que en cada caso tengan que presentar la Declaración Anual, deben presentarla a mas tardar en el mes de Abril.
En la declaración anual se informan los ingresos y deducciones anuales, autorizadas y personales, retenciones y pagos provisionales que hayan hecho en relación al ISR (Impuesto sobre la renta).
Para presentar tu declaración anual debes contar con:
· RFC
· Contraseña (Antes CIEC: 8 dígitos)
¿Quiénes SI están obligados a presentar Declaración Anual?
· Si ganas más de 400,000 pesos al año o su equivalente a 33 mil pesos al mes.
· Sí tienes más de un patrón.
· Si te pagan por honorarios (prestas servicios profesionales y/o empresariales).
· Sí adquiriste bienes.
· Sí rentas bienes (arrendamiento de inmuebles).
· Si enajenaste o vendiste algún tipo de bien.
· Si recibes ingresos de empleadores no obligados a hacer retenciones (como embajadas u organismos internacionales).
· Si eres asalariado y dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año 2021.
· Sí percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación y/o algún tipo de indemnización laboral.
Preguntas Frecuentes sobre la Declaración anual de persona física - FAQS
- Expedí recibos de honorarios durante todo el año. ¿Por qué no tengo ningún dato precargado en la declaración anual?
R: Revisa si hiciste y presentaste tus declaraciones mensuales, ya que en caso de no haberlo hecho tendrás que presentarlas primero.
- Tengo factura de mis gastos médicos pero no aparece precargada en el SAT
R: A veces el sistema omite algunas facturas. En este caso se deben analizar los requisitos fiscales de la factura y si procede, cargarla manualmente.
- ¿Qué hago si tengo que pagar y ahorita no tengo dinero?
R: El SAT te da la posibilidad de pagar hasta en 6 parcialidades.
- Me rechazaron mi devolución y ahora me piden el formato electrónico de devolución, ¿Qué hago?
R: El Formato Electrónico de Devoluciones (FED) es un formato que debe presentarse en el SAT junto con la declaración complementaria si es que procede, así como los demás requisitos que te solicite la autoridad.
- Ya presente mi declaración, pero no he recibido mi devolución, ¿Dónde puedo consultar mi estado de devolución?
R: En el portal del SAT se encuentra el apartado de devoluciones y compensaciones, ahí podrás revisar el estatus con tu RFC y contraseña. Puede tardar entre 3 y 5 días hábiles si solicitaste devolución automática. Si fue a través del formato electrónico de devolución, 40 días hábiles.
- No recuerdo mi contraseña, ¿Qué debo hacer?
R: Solicitarlas a través del nuevo portal SAT ID, es muy fácil. Creamos una guía que te podemos compartir.
- Tengo mi constancia de hace 8 años por el pago de mi crédito hipotecario, aún puedo presentar mis anuales de años pasados?
R: Si puedes. Aplica para 5 años hacia atrás. Se debe de solicitar la devolución a través del formato electrónico de pagos.
Ejemplo de carta para presentar la declaración anual por tu cuenta
México, Ciudad de México, ____ de febrero de 20xx.
Nombre del Empleador
Domicilio
El que suscribe, _____________________________________, con Registro Federal de Contribuyentes ____________________, me permito informarle que de conformidad con los artículos 97 último párrafo, inciso c) y 98 fracción III, inciso b) de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y 151 de su Reglamento, voy a presentar por mi cuenta la declaración anual del impuesto sobre la renta por los ingresos percibidos por concepto de sueldos y salarios correspondiente al ejercicio fiscal de 20XX.
Lo anterior se le informa con el fin de solicitar atentamente que no se efectúe el cálculo del impuesto anual por los ingresos por concepto de sueldos y salarios que percibí por el ejercicio de 20XX.
Asimismo, me permito solicitarle la constancia de remuneraciones cubiertas y retenciones efectuadas en el año de 20XX, la cual, debe ser entregada a más tardar en febrero de 20XX para estar en posibilidad de cumplir con la presentación de mi declaración anual en el plazo previsto por las disposiciones fiscales.
Atentamente
_____________________________
Firma
Deducciones Personales
Las deducciones personales son todos los gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de los ingresos obtenidos durante todo el año fiscal en tu Declaración Anual.
Te presentamos cuales son esas deducciones:
En el ambito de la Salud
- Honorarios médicos: dentales y por servicios profesionales en al ámbito de nutrición y psicología.
- Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales (GASTOS DE FARMACIA NO PROCEDEN).
- Análisis y estudios clínicos.
- Prótesis. *
- Honorarios a enfermeras. *
- Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente. *
- Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
- Primas por seguros de gastos médicos.
Dichos gastos por salud serán deducibles cuando hayan sido efectuados para ti, tu cónyugue o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos.
En el ámbito de la educación
- Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios.
- Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes y su límite anual de deducción.
– Preescolar: 14,200 pesos.
– Primaria: 12,900 pesos.
– Secundaria: 19,900 pesos.
– Profesional técnico: 17,100 pesos.
– Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.
- Transporte escolar, sólo si es obligatorio.
- Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles.
Otras deducciones personales
- Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.
- Intereses reales de vengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras.
- Donativos otorgados a instituciones autorizadas.
- Aportaciones complementarias de retiro realizadas de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).
- El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%.
Datos importantes
- Realizar el pago de estos gastos mediante cheque nominativo, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios.
* La deducción no procede si el pago fue realizado en efectivo.
- Puedes obtener un saldo a favor, si presentas tus deducciones en tu Declaración Anual.
- Si eres Asalariado y presentas tu declaración anual para aplicar una deducción personal, puedes obtener Saldo a favor.
¿Cuánto se puede deducir?
El monto total por deducir, no podrá exceder la cantidad que resulte menor entre el 15% del total de tus ingresos o de $156,110.00 (5 UMAs elevadas al año).
Se disminuye con el importe de las facturas deducibles, excepto de aquellas que no son consideradas para el monto total deducible.
Características
Nuestro servicio para presentar la declaración anual de persona física es integral y sobre todo profesional, nos preparamos para que no tengas qué preocuparte.
Olvídate de trámites complicados y adicionales.
Revisión de los datos precargados en el sitio SAT.
Análisisy resolución de las deducciones personales deducibles no contempladas.
Recibe el Acuse de Cumplimiento directo en tu correo electrónico.
Asesoría fiscal para la Devolución de Impuestos.
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