Ante la contingencia que estamos viviendo en México y todo el mundo, negocios cerrados, ventas paradas, emprendedores afectados, etc… por el Coronavirus (COVID-19), las empresas y los patrones pueden tomar ciertas alternativas fiscales que les ayuden en el pago de impuestos, la contabilidad y finanzas de sus negocios, apoyadas en el marco de la ley, para aminorar el peso de las obligaciones fiscales que se preveén activas durante el presente año 2020.
A lo largo de esta semana nos hemos propuesto, publicar algunas alternativas fiscales disponibles para dar posibles soluciones en apoyo a las PyMES, particulares y empresas.

1. Alternativa Fiscal: Los patrones y empresas pueden disminuir de la utilidad fiscal de sus pagos provisionales mensuales la PTU pagada a sus empleados.
Así es, por ejemplo: Si en mayo del 2020 pagas la PTU* correspondiente al ejercicio 2019, la podrás disminuir por partes iguales en tus pagos provisionales, en los meses de mayo a diciembre.
*Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la empresa.
Fundamento: LISR artículo 14 fracción II inciso a.

2. Alternativa fiscal: Si realizas pagos al extranjero por servicios que son estrictamente indispensables para tu negocio, los puedes deducir.
Recuerda que los comprobantes del extranjero deben tener: La razón social y domicilio de quien lo expide, lugar y fecha de expedición, descripción del servicio, monto total de la contraprestación, razón social del usuario del servicio. Por ejemplo: Pagos de dominio de correos electrónicos, hospedaje de páginas de internet (host), licencias de software, cursos online de instituciones extranjeras, entre otros.
Fundamento LISR artículo 27

3. Alternativa fiscal: Si eres empresa, tienes la opción de diminuir los pagos provisionales a partir del segundo semestre del ejercicio.
Recuerda que las empresas realizan el cálculo de sus pagos provisionales con un Coeficiente de Utilidad resultado de las utilidades del año anterior.
Sin embargo si este año, las utilidades de tu empresa van a ser menores, derivado de la pandemia, puedes solicitar a la autoridad una autorización para disminuirlos, según tus proyecciones.
Fundamento LISR artículo 14 fracción II inciso B