Cierre contable

Cierre contable

El ciclo contable es el conjunto de operaciones que se realizan respectivamente durante cada ejercicio fiscal con el fin de determinar el resultado de la actividad y la estructura económico-patrimonial de la empresa.

¿Por qué realizar el cierre contable? 

Realizar el cierre contable te permitirá:

  • Contabilizar las operaciones pendientes
  • Ajustar los saldos de algunas cuentas, con carácter previo a  la  elaboración  de  las  cuentas  anuales,  para  que  reflejen  fielmente  el  resultado y el estado del patrimonio empresarial.
  • Para llegar al cierre fiscal, debes hacer primero el cierre contable de tus cuentas.

 

¿Cuándo se realiza?

En México se considera que un ciclo contable es igual al de un año natural, es decir, abarca  del 1 de enero al 31 de diciembre.

El cierre contable debe hacerse a mas tardar en diciembre de cada año. Con el último trimestre del año llega la última oportunidad para poner al corriente tus cuentas contables y financieras.

¿Quiénes deben realizarlo?

Personas morales (empresas) o Personas Físicas con actividad empresarial.

Fases del cierre contable

El cierre del ejercicio contable en las PyMES y empresas es una operación compleja que consta de entre otras, las siguientes fases:

  • Balanza de comprobación con sumas y saldos previos a los asientos de ajuste. La Balanza de comprobación es un documento contable que enlista los saldos y movimientos de todas las cuentas de activo, pasivo, capital, resultados y cuentas de orden.
  • Contabilización de las operaciones pendientes: operaciones sin soporte documental como facturas, tickets, contratos, etc. 
  • Corrección de errores contables o fiscales con sus respectivos registros de ajustes 
  • Revisión por periodo de los ingresos y gastos
  • Correcciones en la valuación de valor de activos: Se trata de registrar las pérdidas de valor de los  activos.
  • Registro contable de los ingresos y gastos financieros devengados y no vencidos.
  • Determinación del Impuesto sobre la Renta
  • Balanza de comprobación con sumas y saldos, posterior a los asientos de ajuste
  • Asientos de cierre
  • Inventario de fin de ejercicio

Analizar tus cuentas contables te permite conocer al final del año si tu empresa tendrá utilidad o pérdida y sobre todo tomar decisiones oportunas para el siguiente año:

¿Venderás los mismos productos o añadirás alguno nuevo?

¿Modificarás tus condiciones de pago?

¿Invertirás en maquinaria o equipo de transporte?

Entre muchas  otras.

Bibliografía: Greciet Paredes, Paula; Armando Flores, Gustavo; Ortega Ortega, Dolores. Contabilidad básica para micro, pequeña y medianas empresas en Honduras. Ed. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España. 2012

Consejos de contabilidad e impuestos si vendes y compras en el buen fin

Consejos de contabilidad e impuestos si vendes y compras en el buen fin

El buen fin y en general muchas empresas o negocios en este último trimestre del año ofrecen descuentos y facilidades, como profesionales de la contabilidad, te sugerimos cuidar tus finanzas y así evitar consecuencias que afecten a tu economía por intereses o impuestos. Te presentamos algunos consejos que pueden ayudarte:

 

 

Si vendes:

 

Promueve la comunicación entre tus empleados y todos los departamentos que intervienen en el proceso. Con los colaboradores externos por igual, proveedores, distribuidores, banco, entre otros.

Te ayudará a hacer mas eficiente los procesos.

Realiza una proyección de ventas

Te sugerimos comparar los resultados de ventas del año pasado en el buen fin para determinar estrategias que este año hagan el trabajo más fácil, por ejemplo: usar un software o ERP y así hacer más eficientes tus registros y administración.

Si tienes una tienda en línea o física, siempre incluye el IVA en los precios al público. Si vendes a través de una plataforma tipo Amazon, Mercadolibre, Linio, etc, toma en cuenta la comisión y los impuestos para establecer tus ofertas.
Apégate a tu presupuesto

Si tienes un presupuesto anual, establece las prioridades y las necesidades reales que estén contempladas en tu presupuesto.

Actualiza tu método de pago

Los cobros con tarjeta de crédito o débito, transferencia y por medio de mercado pago pueden ayudarte a ampliar tus posibilidades, sobre todo con las ventas en línea. Prepara tu sistema de facturación para hacer más fácil los tiempos de entrega y emisión de CFDI.

Prepara tu sistema de facturación

Trata de utilizar la última versión de los softwares y contar con un buen registro, ya que te ayudará a facilitar los tiempos de entrega de facturas y emisión de CFDI.

Si compras en el buen fin

Método de pago  y uso del CFDI

Elegir correctamente  el método de pago y uso del CFDI en tus compras, te ayudaran para poder hacerlas deducibles en tu declaración mensual o anual según sea el caso. Recuerda que deben estar directamente relacionadas a tu actividad económica

 

Compras a plazos o meses sin intereses

En caso de comprar con medios electrónicos infórmate sobre los plazos, intereses y otros detalles que podrían afectar tu compra. Apégate a tu presupuesto y no compres solo por comprar. Verifica que realmente obtendrás un beneficio a largo plazo.

Evita caer en discrepancia fiscal

La discrepancia fiscal es cuando una persona (contribuyente) realiza gastos o inversiones superiores a sus ingresos en un periodo anual y puede tener como consecuencia la solicitud de aclaraciones por parte de la autoridad o presunción de ingresos.

 

Ejemplo de lo anterior: si compras un viaje de $100 mil pesos y tus ingresos anuales  son en promedio de $80,000, la autoridad puede tomarlo como discrepancia fiscal. Deberás justificar de donde viene el excedente.

Compras inteligentes

Realiza compras de o que realmente necesitas o que te puede dar un retorno de inversión. Evita endeudarte con objetos que no necesitas. Antes de comprar: compara y verifica la calidad del producto.

Infórmate antes de vender o comprar sobre las posibles consecuencias del  Buen Fin y sobre todo cumple con las medidas sanitarias en caso de acudir físicamente a alguna tienda

Cambios fiscales y patronales tras el “outsourcing” para medianas y grandes empresas

Cambios fiscales y patronales tras el “outsourcing” para medianas y grandes empresas

El pasado 1 de septiembre de 2021 entró en vigor la reforma al outsourcing en México, donde se prohíbe la subcontratación de personal. Pero, ¿Qué es la subcontratación? Es el acuerdo entre dos empleadores con el fin de que uno de ellos (contratista) preste servicios al otro (principal o mandante) por su cuenta y riesgo y con sus propios trabajadores. El contratista se hace cargo del control y fiscalización de sus trabajadores.

Estos cambios, obligaron a muchas empresas a tener que incorporar a su nómina a empleadas y empleados que laboraban para ellos, aunque estaban contratados por una empresa diferente, así como a contraer obligaciones laborales y fiscales desconocidas, por ello, te presentamos algunas de ellas:

Cambios en la contabilidad de una empresa tras el “Outsourcing”

  1. Registro contable conforme a Normas de Información Financiera (NIF D3): Las cuales permiten a su empresa conocer las provisiones anuales a registrar conforme las obligaciones se devengan y no hasta el momento en que se paguen a los empleados.
  2. Administración de la nómina: Las empresas con un número de trabajadores considerable están creando un área específica de recursos humanos para el reclutamiento y administración de la nómina.

Cambios en las obligaciones fiscales

1. Declaración Anual a cargo del trabajador: Uno de los cambios que deben tomar en cuenta tanto los patrones como los trabajadores es que: “Las personas físicas no deberán pagar impuestos si ganan menos de $400 mil pesos al año. En esos casos, su empresa será la encargada de hacer la declaración de impuestos. Sin embargo, cuando el salario sea mayor de $400,000 pesos anuales, las personas deberán hacerse cargo de presentar su declaración anual”.

2. Cambios en el Código Fiscal de la Federación, la LIVA y la LISR:
Artículo 15-D. No tendrán efectos fiscales de deducción o acreditamiento, los pagos o contraprestaciones realizados por concepto de subcontratación de personal para desempeñar actividades relacionadas tanto con el objeto social como con la actividad económica preponderante del contratante.

Tampoco se darán efectos fiscales de deducción o acreditamiento a los servicios en los que se proporcione o ponga personal a disposición del contratante, cuando se actualice cualquiera de los siguientes supuestos:

      • Cuando los trabajadores que el contratista proporcione o ponga a disposición del contratante, originalmente hayan sido trabajadores de este último y hubieren sido transferidos al contratista, mediante cualquier figura jurídica, y
      • Cuando los trabajadores que provea o ponga a disposición el contratista abarquen las actividades preponderantes del contratante.

Se podrán dar efectos fiscales de deducción o acreditamiento a los pagos o contraprestaciones por subcontratación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas, que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de los mismos, siempre que el contratista cuente con el registro REPSE de acuerdo a Ley del Impuesto sobre la Renta y en la Ley del Impuesto al Valor Agregado, respectivamente.

Los servicios u obras complementarias o compartidas prestadas entre empresas de un mismo grupo empresarial, también serán considerados como especializados siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa que los reciba.

3. Dictámenes de contribuciones locales 2022

Otro aspecto relevante es el cumplimiento de los dictámenes de contribuciones locales obligados para las empresas. Estos dictámenes se presentan ante las autoridades locales con un procedimiento de auditoría. Es importante cumplir a tiempo y en forma con las disposiciones, para evitar sanciones para la empresa. Los más representativos son:

– Dictamen 3% sobre nómina. ISN Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal

Una vez que las empresas han cumplido con la declaración del Impuesto Sobre Nómina en el ejercicio fiscal, deben presentar un aviso y dictaminarse.

Estado de México

¿Quiénes deben presentarlo?

  • Quienes durante el ejercicio 2021 hayan contado con un promedio mensual de 200 o más trabajadores. A traves del portal DICTAMEX
  • Quienes pagaron remuneraciones superiores a 400,000 mil en promedio mensual.
  • Quienes se encuentran en los dos primeros casos y se hayan fusionado o escindido liquidado.
  • Las personas físicas y morales que no se encuentren en alguno de los supuestos, tendrán la opción de hacer dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de manera voluntaria.

¿Cuándo se presenta?. Aviso para dictaminar: a mas tardar el 30 de septiembre de 2022

Presentación del dictamen: a mas tardar el 31 de octubre de 2022.

Ciudad de México

¿Quiénes deben presentarlo?

Quienes durante el ejercicio 2021 hayan contado con un promedio mensual de 150 o más trabajadores. A traves del portal SIPREDI

¿Cuándo se presenta?

Aviso para dictaminar: A más tardar el 15 de marzo de 2022

Presentación del dictamen:  A más tardar el 31 de mayo de 2022

El Impuesto Sobre Nómina (ISN) también conocido como Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal impacta de forma directa en los cálculos y pagos de los salarios y prestaciones de los trabajadores. Este impuesto es local, por lo que cada estado tiene determinada una tasa para su cálculo, el porcentaje oscila entre el 2% y el 4% según la región. Por ejemplo, el Código Fiscal de la Ciudad de México establece para el ejercicio fiscal 2022, un 3.0% de ISN; cada año se publican las actualizaciones del ISN.

Para calcular el impuesto sobre nómina, se debe incluir los conceptos que si aplican: Sueldo mensual, quincenal o semanal, horas extras, cualquier tipo de bono o premio, comisiones por ventas, prima por antigüedad, prima vacacional, aguinaldo y otras compensaciones del trabajador. Al sueldo neto se aplica la tasa correspondiente al ISN y la declaración de esta carga y la fecha de cobro se declara cada mes ante la Secretaría de Finanzas de cada entidad federativa.

Los conceptos que no se encuentren gravados por el impuesto deben estar registrados debidamente en la contabilidad de la empresa.

– Dictamen IMSS

¿Quiénes deben presentarlo?

-Patrón con un promedio de mas de 300 trabajadores en el ejercicio inmediato anterior o patrones con un promedio de trabajadores inferior a 300, también pueden presentar dictamen a través de SIDEIMSS, de manera voluntaria.

¿Cuándo se presenta?

El dictamen debe formularse por el contador público autorizado y presentarse por el patrón o sujeto obligado a más tardar el 30 de septiembre siguiente al del ejercicio fiscal

Artículo 3 y 161 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

4. Obligaciones patronales en materia de vivienda: Al pagar tus aportaciones patronales y amortizaciones de crédito de tus trabajadores de manera puntual, no solo cumples con tus obligaciones fiscales, sino también permites que tus trabajadores hagan efectivo su derecho a una vivienda propia o cuenten con un mejor fondo al momento de su retiro laboral. Evita que el Instituto realice acciones fiscales de cobro.

  • Manifestar el salario diario integrado que les pagas en ese momento y aportar bimestralmente al Infonavit el 5% de esa cantidad por cada uno de tus trabajadores.
  • Cada vez que se modifique la situación laboral de tus trabajadores, es decir, cuando los des de alta, baja, reingresen o modifiques su salario; tu empresa cambie de domicilio, razón social, o sea clausurada, se fusione con otra, la vendas, entre en concurso mercantil, o se declare en quiebra, debes avisar al IMSS dentro de los cinco días hábiles siguientes al momento en que ocurrió la modificación, en caso de la declaración de huelga, el plazo es de ocho días.
  • Si tu empresa es de construcción y la asistencia de los trabajadores es esporádica, entrega al IMSS una constancia con el número de días trabajados en el mes y el salario que percibieron.

Principales obligaciones con tus trabajadores acreditados:

  • Cuando tus trabajadores ejercen el crédito que les otorga el Infonavit, tú tienes que retener de su salario la cantidad mensual para su pago acordada en el contrato.
  • El descuento lo debes hacer de acuerdo con el factor que se describe en el Aviso de Retención de Descuentos o la Cédula de Determinación de Cuotas, Aportaciones y/o Amortizaciones. En estos documentos se indica el número del crédito y el porcentaje que descontarás.
  • Descargar del Portal Empresarial del Infonavit sección Mis trámites, opción Consulta de trabajadores, los avisos de retención, modificación y suspensión de descuentos de tus trabajadores con crédito.
  • Realizar el descuento oportuno a los trabajadores que solicitaron un crédito y entéralo al Infonavit; si no lo haces, la cantidad no reportada debes pagarla mediante un crédito fiscal, ya que, según la ley, eres responsable solidario de tus trabajadores.

Cambios en las obligaciones laborales

1. Organismos y leyes: Las empresas deben tener en cuenta las leyes, organismos y reglamentos, que les permitan crear una visión global del tratamiento que como patrones se aplican a la empresa: Ley Federal del Trabajo, Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Servicio Nacional de Empleo, IMSS patrones, INFONAVIT patrones, Centro Federal de conciliación y Registro Laboral y de las autoridades estatales y municipales que le correspondan, etc.

2. Reparto de utilidades: El reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual. La Ley Federal del Trabajo estableció limites para la delimitación del reparto de utilidades o PTU. Se estableció como límite máximo el promedio de las utilidades que el trabajador recibió los últimos tres años o tres meses de su salario, lo que resulte más favorable para el empleado.

Artículo 123.- La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

Artículo 124.- Para los efectos de este capítulo, se entiende por salario la cantidad que perciba cada trabajador en efectivo por cuota diaria. No se consideran como parte de él las gratificaciones, percepciones y demás prestaciones a que se refiere el artículo 84, ni las sumas que perciba el trabajador por concepto de trabajo extraordinario.

LFT. CAPITULO VIII Participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas

3. Movimientos afiliatorios y reporte del Salario integro de los trabajadores ante el IMSS: La veracidad de las condiciones generales de trabajo que se ofrecen, así como de las relativas a vivienda, seguridad social y repatriación a que estarán sujetos los trabajadores. Dichas condiciones deberán ser dignas y no implicar discriminación de cualquier tipo.

  • Inscribir a tu empresa ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
  • Registrar a tus trabajadores ante el IMSS
  • Reportar el Salario integro de los trabajadores
¿Por qué es importante hacer un pre cierre contable y fiscal?

¿Por qué es importante hacer un pre cierre contable y fiscal?

Hacer un pre cierre contable y fiscal en tu empresa te permitirá conocer con anticipación el comportamiento financiero de la empresa, saber dónde estás parado, planear y prevenir pagos.

Otro aspecto importante es el fiscal, el cierre te permitirá conocer los impuestos anuales que pagarás, pero sobre todo tomar decisiones importantes con base en el análisis de tus cifras contables.

El cierre contable, es un ejercicio que deberías llevar a cabo mes con mes; sin embargo, si no lo hiciste, en este último trimestre del año tienes la oportunidad para poner al corriente tus cuentas contables, fiscales y financieras.

A continuación te presentamos las razones por las que deberías realizar el pre cierre fiscal:

1. Conocerás si tendrás utilidad o pérdida en el ejercicio.

2. Sabrás si tus cifras contables muestran realmente saldos correctos en cuentas por pagar a proveedores o acreedores y determinarás que no exista nada por depurar.

3. Determinarás si el saldo en Cuentas por Cobrar a clientes o deudores es correcto y que no tenga ningún error que te lleve a cobrar de menos.

4. Verificarás si tus bancos muestran el saldo real y por tanto que no exista ningún faltante.

5. En caso de tener inventarios corrobora el registro de compras, productos y el costo de lo vendido.

6. Analizarás las cifras del año y podrás tomar decisiones oportunas para el siguiente, por ejemplo: ¿Venderás los mismos productos o añadirás alguno nuevo?, ¿modificarás tus condiciones de pago?, ¿invertirás en maquinaria o equipo de transporte?, entre otras.

7. Conciliarás con antelación que las cifras declaradas mes a mes sean correctas, de acuerdo a la conciliación de CFDI de ingresos y gastos que debes realizar. Al anticiparte podrás:

  • Realizar correcciones a buen tiempo, como depurar cuentas.
  • Revisar conciliaciones bancarias pendientes o sin aclarar.
  • Verificar que se tengan los estados de cuenta 
  • Verificar el registro de las cuentas bancarias. En caso de no tenerlos, podrás solicitarlos a la institución con anticipación.

8. Lograrás pronosticar la declaración anual y prever si pagarás o no impuestos.

¡Prepárate! No dejes todas estas actividades de cierre para marzo del año siguiente, cuando se presenta la anual. En resumen el cierre contable te permite:

  • Pronosticar, planear y controlar.
  • Realizar correcciones a tiempo, en caso de existir.
  • Verificar que la empresa cuenta con toda la documentación necesaria y en caso contrario, solicitarla antes de que termine el año fiscal.

Esperamos que estos puntos te sean de utilidad y en caso de tener alguna duda, ponte en contacto en Arguet®, ESTAMOS PARA SERVIRTE.

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Consejos para crear una relación sana entre administradores y contadores en la empresa

Consejos para crear una relación sana entre administradores y contadores en la empresa

Uno de los retos más comunes en las empresas es la de establecer buenas relaciones entre las diferentes áreas que la conforman. El personal que se comunica y enfrenta el día a día en conjunto es una empresa con futuro y fortalezas únicas. 

En nuestra experiencia trabajar con otras áreas como la administración; nos ha llevado a involucrarnos directamente con algunos puntos claves que debes aplicar y que ayudan a mejorar la relación entre administradores y contadores públicos,  hoy te compartimos estos puntos clave:

1. Definir roles: Como dice el dicho: «Cada uno en su oficio es un rey». 

    1. Un administrador puede concebirse como aquella persona encargada de coordinar, mediante diversas técnicas, la acción de otras personas para lograr un objetivo común.
    2. El contador sirve al empresario como instrumento de control y cómo medio de información indispensable para conocer el resultado de las operaciones de su negocio. 

2. Definir objetivos: Cada departamento o personal especializado, define sus objetivos SMART, que serán la guía para poder medir resultados al final de un tiempo definido.

La Administración, tiene como objetivos definir, analizar e implementar diferentes fenómenos relacionados con la empresa, conocer si se han cumplido las metas predeterminadas para adoptar normas de conducta, formular juicios y desarrollar métodos.

Guerrero Reyes, J. C. y Galindo Alvarado, J. F. (2015) menciona que:  “El administrador hábil debe saber extraer de la información contable datos para decidir sobre el comportamiento del capital en relación con las utilidades o pérdidas obtenidas durante el ejercicio, la adecuada inversión en bienes propios, enterarse del monto de los ingresos y egresos, conocer a cuánto ascienden las deudas y sus plazos, etc., datos que enriquecerán sus conocimientos personales, así como aquellos que le servirán para rendir información a los dueños de las empresas.”

Contabilidad: El objetivo general del área de contabilidad se basa en proporcionar datos e información veraz, oportuna y fehaciente, producida por las distintas áreas que conforman la estructura de organización de una entidad económica. (Guerrero Reyes, J. C. y Galindo Alvardo, J. F. (2015).

3. Conocimientos y acciones: En este punto empiezan a converger en un ambiente en común ambas áreas ya que el administrador al ser un «director de orquesta», debe permearse de conocimientos de contabilidad, como son: 

  1. Administrador:
    • Conformación de la sociedad y sus necesidades
    • Proceso administrativo y su aplicación
    • Nociones de derecho
    • Nociones de contabilidad
    • Matemáticas y estadística aplicada a los negocios
    • Materia Tributaria
    • Producción
    • Administración de Recursos Humanos: Personal, sueldos y salarios.
    • Ética, etc.

2. Contador público:

  • Registra las distintas operaciones que tiene la empresa.
  • Recopila documentación base del registro contable y la presenta a través de Estados Financieros e informes tanto a la dirección como a los responsables de los distintos departamentos que conforman la empresa
  • Analiza e Interpreta los estados financieros para la toma de decisiones.
  • Elabora la nómina de sueldos y lleva el control de cuotras obrero patronales que se presentan ante el IMSS.
  • Lleva el control de las contribuciones, mediante el calendario de pagos.
  • Participa en el plan financiero y administrativo de la empresa.
  • Participa y coadyuva en forma conjunta con la gerencia en asuntos administrativos.

4. Implementar un sistemas de información

Implementar un sistema de información es muy importante, ya que muchas veces el deseo de controlar de cada área, puede ocasionar papeleo innecesario, excesivo, burocratización y obstaculizar la eficiencia.

Establecer un sistema de información es aplicar los principios de excepción, de costo, de oportunidad y el de objetivos, a fin de que realmente reditúe beneficios su utilización.

Con técnicas y procedimientos como:

  • Contabilidad
    • Presupuestos
    • Auditoría
    • Financiera
    • Administrativa
  • Reportes e informes
    • Forma

 

Nota: Las formas facilitan la transmisión de información (comunicación) a la vez que sirven para registrar de manera adecuada las operaciones. Algunas formas son: Póliza de contabilidad, tarjeta de control, etc.

5. Conocer el sistema contable

El sistema contable puede personalizarse según las operaciones, procesos o virtud de cada empresa, pero en general el sistema contable que debe conocer el administrador es:

Bibliografía:

Guerrero Reyes, J. C. y Galindo Alvardo, J. F. (2015). Contabilidad para administradores. México D.F, Mexico: Grupo Editorial Patria.

La declaración anual y el año fiscal para personas físicas

La declaración anual y el año fiscal para personas físicas

En la declaración anual de persona física, que se presenta en el mes de abril,  ya no puedes ingresar una factura fechada desde el primero de enero del 2021, pues el año fiscal abarca cierto periodo.

Como parte de una estrategia fiscal inteligente, es importante conocer las fechas limites y requerimientos a tomar en cuenta, pues muchas veces la falta u omisión de comprobantes puede ser un asunto engorroso y llegar a alargar tu tiempo y puntualidad en la declaración anual.

Un año fical abarca del 1 de enero al 31 de diciembre. En este periodo de tiempo, cuentas con facturas de gastos e ingresos que hayas obtenido, por ello es importante que si tuviste deducciones personales a lo largo de todo el año fiscal, cuentes con su factura antes del 31 de diciembre, pues recuerda que  se aplicará en tu declaración anual.

Para que te quede mas claro: En la declaración anual de este año 2022, se presenta ante el SAT toda la documentación de ingresos y egresos que hayas recabado del 1 de enero al 31 de diciembre del 2021. 

Las facturas fechadas a partir del 1 de enero del 2021 entrarán en la declaración anual que se presenta en el próximo año 2023.

Comprendiendo este nuevo año fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre del 2022. 

Recuerda que en este año, el SAT no extendió el plazo para presentar la declaración anual, ya está cerca la fecha límite y en caso de tener una aclaraciones puede llevar tiempo, así que te sugerimos presentarla lo mas pronto posible. 

¿Tienes dudas de tus impuestos y contabilidad? 

Contáctanos.

Extra: Si este año tuviste saldo a favor, te sugerimos conocer y atender estos temas, incluyendo una alerta por el último trimestre del año, que te permita realizar el cálculo de tus ingresos y gastos anuales.

Pon en orden de una vez por todas los inconvenientes de dinero que te agobian, con el conocimiento y apoyo de un profesional.

 

¿Quienes NO están obligados a presentar Declaración Anual y quienes sí?

¿Quienes NO están obligados a presentar Declaración Anual y quienes sí?

Seguramente te han surgido dudas con respecto a la declaración anual de impuestos, pues en este post te enseñamos los casos, personas o supuestos que no están obligados a presentar la Declaración Anual. Los siguientes supuestos de personas físicas no están obligados a presentar la declaración, no obstante, si así lo desean, pueden presentarla. Conoce los casos en que NO debes presentarla.

No debes presentarla, si eres persona física inscrita en el Régimen de Incorporación Fiscal, una de las grandes ventajas de pertenecer a este régimen. 

Si obtuviste ingresos por salarios de un solo patrón siempre que no excedan de 400 mil pesos en el ejercicio

Si obtuviste ingresos por salarios e intereses nominales que no excedan los 20 mil pesos

Si obtuviste ingresos totales por salarios de un solo patrón e intereses reales, no mayores a 400 mil pesos, siempre que los intereses reales no hayan excedido de 100 mil pesos en el ejercicio.

La declaración anual de persona física en México, se presenta en el mes de abril, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) habilitó el sitio en línea para que a partir del primero de abril, las personas preparen y presenten su declaración.

Si no caes los supuestos y tienes que presentarla, te sugerimos anticiparte para que las revisiones y aclaraciones de tu documentación pueda ser revisado y no tengas ningún inconveniente. 

Si deben presentar Declaración Anual:

· Si ganas más de 400,000 pesos al año o su equivalente a 33 mil pesos al mes.

· Sí tienes más de un patrón.

· Si te pagan por honorarios (prestas servicios profesionales y/o empresariales).

· Sí adquiriste bienes.

· Sí rentas bienes (arrendamiento de inmuebles).

· Si enajenaste o vendiste algún tipo de bien.

· Si recibes ingresos de empleadores no obligados a hacer retenciones (como embajadas u organismos internacionales).

· Si eres asalariado y dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año 2021.

· Sí percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación y/o algún tipo de indemnización laboral.

 

¿Necesitas apoyo profesional para presentarla? Llámanos o ponte en contacto. Contamos con presupuestos a la medida y acuses de comprobación de la declaración para tu tranquilidad. 

Infografia: RESICO persona física. Características, obligaciones fiscales y reglas generales

Infografia: RESICO persona física. Características, obligaciones fiscales y reglas generales

El 1º de enero del 2022 entró en vigor el RESICO (Régimen Simplificado de Confianza) en México, este régimen es optativo, por lo que cada contribuyente deberá decidir si actualizar su actividad ante el SAT o quedarse en el régimen fiscal donde se encontraba, en caso de querer cambiarte al RESICO, debes presentar el Aviso de Actualización antes del 30 de enero del presente año en el portal del SAT. 

El RESICO aplica para personas físicas y morales, por lo que debes revisar si no hay un proceso de actualización de actividades automática por parte de la autoridad. 

Sabemos que este cambio es importante y existen muchas dudas ante este Nuevo Régimen Fiscal RESICO. Antes de tomar una decisión, infórmate y considera el cálculo de tus ingresos, egresos, deducciones y en general de tu contabilidad. 

Te compartimos algunos datos importantes que pueden ayudarte: