En la declaración anual de persona física, que se presenta en el mes de abril,  ya no puedes ingresar una factura fechada desde el primero de enero a la fecha de la declaración.

Como parte de una estrategia fiscal inteligente, es importante conocer las fechas limites y requerimientos a tomar en cuenta, pues muchas veces la falta u omisión de comprobantes puede ser un asunto engorroso y llegar a alargar tu tiempo y puntualidad en la declaración anual.

Un año fical abarca del 1 de enero al 31 de diciembre. En este periodo de tiempo, cuentas con facturas de gastos e ingresos que hayas obtenido, por ello es importante que si tuviste deducciones personales a lo largo de todo el año fiscal, cuentes con su factura antes del 31 de diciembre, pues recuerda que  se aplicará en tu declaración anual.

Para que te quede mas claro: En la declaración anual de este año 2026, se presenta ante el SAT toda la documentación de ingresos y egresos que hayas recabado del 1 de enero al 31 de diciembre del 2025.

Las facturas fechadas a partir del 1 de enero del 2026 entrarán en la declaración anual que se presenta en el próximo año 2027.

Comprendiendo este nuevo año fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre del 2026. 

Recuerda que…, ya está cerca la fecha límite para presentar la declaración anual y en caso de tener una o varias aclaraciones te sugerimos ponerte en contacto.

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Extra: Si este año tuviste saldo a favor, te sugerimos conocer y atender estos temas, incluyendo una alerta por el último trimestre del año, que te permita realizar el cálculo de tus ingresos y gastos anuales.

Pon en orden de una vez por todas los inconvenientes de dinero que te agobian,
con el conocimiento y apoyo de un profesional.

 

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