Hoy, vamos a platicar de dos documentos que debes conocer si quieres saber y comprobar tu estado fiscal como contribuyente, el SAT, emite dos documentos en los que te comunica si estás al corriente en tus declaraciones, en qué régimen fiscal te encuentras inscrito, entre otros datos que platicaremos.
Lo importante es que los consultes de manera periódico o los pidas a tu contador, por ejemplo: Después de la declaración anual, debes obtener tu acuse de declaración y la opinión de cumplimiento positiva.
Por experiencia, muchas personas dejan a la deriva la contabilidad de su negocio o su propia contabilidad y a veces se llevan sorpresas desagradables. Prevee esas situaciones incómodas con esta información:

Puedes obtener ambos documentos ingresando al portal del SAT, estos sirven para dar evidencia del estado fiscal de un contribuyente y para poder obtenerlos deberás contar con tu RFC y contraseña.

Constancia de Situación Fiscal
Permite identificar a una persona moral o física.
Este documento comprende:
-El nombre completo del contribuyente
-El domicilio fiscal registrado del contribuyente
– El régimen o regímenes en el que estás inscrito
-La CURP (Clave Única del Registro de Población)

¿Para que sirve?
- Permite asegurar la identificación y RFC de una persona física o moral (empresa)
- Permite identificar la identidad fiscal. Funciona como una fuente de comprobación.
- Sirve como referencia de formalidad y legalidad.
- Hace constar que una empresa está realmente constituida.
- Los bancos piden la constancia de situación fiscal para abrir una cuenta, otorgar un crédito o préstamos.
- También se solicita para poder participar en licitaciones.

Opinión de Cumplimiento
Este documento contiene el registro e historial de las declaraciones de impuestos.
Con la opinión de cumplimiento conoces:
– Si cuentas con créditos fiscales
-El cálculo y monto de los créditos
– Cuales son los impuestos ya pagados y los impuestos declarados.

Opinión de Cumplimiento
Datos generales:
- Este documento se genera considerando la situación del contribuyente desde el SAT.
- Puede resultar una POSITIVA o NEGATIVA
- Si es POSITIVA, tiene una vigencia de 3 meses para efectos de obtención de estímulos o subsidios
- Y en general la vigencia de la opinión POSITIVA es de 30 días, por lo que te sugerimos obtener al mes a mes o máximo en un periodo de tres meses.
- En NEGATIVA el SAT te indicará el impuestos, tipo y periodos de las declaraciones pendientes por presentar.
Ahora que ya sabes que existen estos documentos y para que sirven, te sugerimos siempre contar con ellos para asegurarte que te encuentres al corriente y evitar requerimientos y multas.
Si tienes años sin declarar y quieres regularizar tu situación fiscal, contáctanos, contamos con un diagnóstico fiscal gratuito.
Hasta la próxima.
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