5 Consejos financieros para emprendedores

5 Consejos financieros para emprendedores

  1. No mezcles tus gastos personales con los de la empresa: Comienza por tener cuentas bancarias por separado.

2. Establece un sueldo fijo desde el inicio: Lo podrás modificar según los resultados de tu negocio.

3. Comienza por ahorrar para tu retiro: En el mercado existen muchas opciones que mezclan ahorro a largo plazo con otro tipo de seguros con buenos beneficios para ti.

4. Rodéate de un buen equipo de expertos y un buen equipo de trabajo: No puedes ni debes manejar todas las áreas tú mismo. Delega.

5. Ten un plan de negocios flexible: Revísalo continuamente y realiza cambios si es necesario.

Busca asesoría de un profesional y toma la mejor decisión

No se encontraron resultados

La página solicitada no pudo encontrarse. Trate de perfeccionar su búsqueda o utilice la navegación para localizar la entrada.

Consejos para reinventar las finanzas de tu negocio ante una crisis

Consejos para reinventar las finanzas de tu negocio ante una crisis

Si eres dueño de una micro, pequeña o mediana empresa o simplemente estabas iniciando algún proyecto, te dejamos algunas recomendaciones para sobrellevar los problemas económicos  que en la actualidad nos están afectando.

Es momento de retomar esas características que compartimos los emprendedores: Actitud, carácter para afrontar los problemas, liderazgo, pero sobretodo,  fortaleza.

¡Animo! esto pasará y nos hará más fuertes.

Recuerda que es tiempo de ocuparnos en vez de preocuparnos. No hay mal que dure 100 años.

1. No es momento de caer en pánico.

A pesar de todo mantén la calma. Eso te hará tomar mejores decisiones.

Mantén la comunicación con tus colaboradores, clientes y proveedores más cercanos. 

a. Con tus colaboradores porque ellos son los pilares de tu empresa ¿Cómo están de salud? ¿Cómo están sus familiares?

b. Tus clientes son la razón de ser de la empresa. En las circunstancias actuales ¿Cómo puedo seguir ayudándolos?

c. Tus proveedores son parte fundamente en la cadena de suministro de tu empresa ¿Qué medidas tomaran mis proveedores? ¿Puedo negociar algún crédito con ellos?

 Analiza las finanzas de tu negocio.

Eso te permitirá saber dónde estás parado y a partir de ahí tomar decisiones. Algunas decisiones pueden ser dolorosas, pero es mejor tomarlas a no actuar.

Es el momento ideal para reaccionar con números en la mano. ¿Qué gastos fijos tengo? ¿Cuál es mi punto de equilibrio para mantener mis gastos fijos? ¿Tengo reservas? ¿Son suficientes mínimo para 3 meses?

Proyecta diferentes escenarios con base en los números obtenidos del punto anterior.

Los escenarios deben ser preparados en base a nuestra realidad y tomando en cuenta lo peor que pueda pasar en nuestro negocio, por muy difícil que sea.

a. Ejemplo: Del total de mis clientes solo un 50% me va a seguir pagando oportunamente. Con ese ingreso, ¿Cuántos gastos puedo cubrir?

b. Evaluar si es momento de apegarnos a alguna de las opciones que están brindando las instituciones financieras ante la contingencia.

Solidarízate.

Es momento de ayudarnos unos a otros. Si eres de los afortunados que sigue teniendo ingresos, paga tus nominas completas, paga a tus proveedores de manera puntual, adelanta pagos de acuerdo a tus posibilidades.

Ese dinero ayudara a su vez a otras empresas y así se hará una cadena que ayudará a que la economía no se deprima con mayor rapidez.

Es momento de innovar o re-inventarse.

Los negocios en línea y la actividad económica digital  están teniendo y tendrán un mayor impulso.

Infórmate y lleva tu negocio a internet, infórmate de canales de venta, medios de pago, distribución y los impuestos relacionados a las plataformas digitales, en eso nosotros podemos ayudarte.

Es momento de renovarse.

TIP: Lleva buenos registros financieros desde el principio

TIP: Lleva buenos registros financieros desde el principio

Los registros financieros deben indicar claramente el movimiento de dinero dentro y fuera de tu negocio.

Por lo tanto, todos los ingresos, quién los pagó cuando y para qué fueron, deben anotarse hasta la cantidad más pequeña. Del mismo modo, todos los gastos comerciales deben registrarse con el mismo detalle.

Existen varias formas de registrar los ingresos y gastos comerciales con fines contables, que incluyen:

– Introducción al manual de cifras en un libro de contabilidad.
– Ejecutar una hoja de cálculo para realizar un seguimiento de los números.
– Facturar con un sistema de contabilidad en la nube.

Independientemente del método que elijas (y esto puede depender de la complejidad de los registros que necesita mantener, que difieren entre los modelos de negocio y si es un comerciante único o una compañía limitada,es importante mantener la coherencia y actualizar el registro diariamente.

 

¿Tienes dudas con tu contabilidad?
Contáctanos al: 2158 – 3379.
Ciudad de México

 

Requisitos para presentar tu declaración anual como Asalariado

Requisitos para presentar tu declaración anual como Asalariado

La Declaración Anual de Impuestos es un reporte que contiene el total de ingresos, retenciones y gastos obtenidos durante un año fiscal.

Dicho reporte se presenta en el mes de abril ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para las personas físicas.

¿Qué debo tener a la mano para presentarla?

  • Conocer tu RFC y Contraseña (Antes CIEC).
  • Tener a la mano CLABE interbancaria, en caso de una devolución (Saldo a favor).
  • Firma Electrónica (Archivos .key, .cer y contraseña de la FIEL)
  • Facturas de Deducciones Personales del ejercicio 2018, para cotejo con el sistema.
  • Recibos de nómina del ejercicio 2018, para cotejo con el sistema.

Puntos importantes:

  • Recuerda que los empleadores ya no están obligados a entregar “constancia de retenciones” ya que cada recibo de nómina ahora es timbrado y ya se encuentran cargados en el portal del SAT.
  • Las facturas de las “deducciones personales”, si fueron debidamente elaboradas, también se encuentran cargadas en el portal del SAT.

La realidad, es que en la actualidad, el trámite de la Declaración Anual es cada vez más sencillo, sin embargo, no dejan de existir puntos más finos o técnicos que debes de conocer, para que la presentación sea exitosa, sobre todo en caso de existir un saldo a favor.

Impuestos a plataformas digitales

Impuestos a plataformas digitales

Ciudad de México, 31 de mayo. C.P. Janet Arteaga 

A partir del 1 de junio de 2020, se aplicarán retenciones de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y de Impuesto al Valor Agregado (IVA) como nuevo régimen fiscal a plataformas digitales.

Aplica para toda aquella persona que reciba ingresos provenientes de la venta de bienes o presten servicios utilizando las plataformas digitales o similares. No están incluidas aquellas de descarga o acceso a libros, periódicos y revistas electrónicas.

Aquellos vendedores que tengan sus datos fiscales actualizados y su RFC vinculado a su cuenta dentro de las plataformas podrán presentar ante el SAT un certificado que indica que las retenciones de IVA e ISR fueron realizadas, con el fin de pedir una devolución o para que la autoridad fiscal lo tome como saldo a favor para el pago de futuros impuestos. 

INFOGRAFÍA DE IMPUESTOS FISCALES A PLATAFORMAS DIGITALES

Hay que tomar en cuenta que cualquier vendedor podría ser alcanzado por estas retenciones dependiendo de su condición fiscal ya sea si es persona física o moral y del monto de sus ventas diarias.

El Senado de la República aprobó la medida de gravar con el 16% de IVA a las plataformas de servicio y venta de productos digitales .

De los ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.  Ley del LISR Art. 113 A. Sección III

Están obligados al pago de impuestos establecidos los contribuyentes personas físicas con actividades empresariales que enajenen bienes o presten servicios a través de internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares que presten los servicios a que se refiere la sección II de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, por los ingresos que generen a través de los citados medios incluidos aquellos pagos que reciban por cualquier concepto adicional a través de los mismos.

El impuesto del párrafo anterior se pagará mediante retención que efectuaran las personas morales residentes en México o en el extranjero con o sin establecimiento permanente en el país, así como entidades y figuras jurídicas extranjeras que proporcionen de manera directa  o indirecta el uso de plataformas tecnológicas.

La retención se deberá efectuar sobre el total de los ingresos que efectivamente perciban las personas físicas por conducto de los citados medios, sin incluir el impuesto al valor agregado. Esta retención tendrá el carácter de pago provisional  al monto total de los ingresos mencionados se les aplicaran las tasas de retención previstas.

Las cantidades establecidas en moneda nacional contenidas en las tablas, se podrán actualizar de acuerdo al Art. 152 de la LISR. 

Cuando las personas físicas no reciban el pago de las contraprestaciones por la prestación de servicios directamente de los usuarios o los adquirientes de los mismos, y el total de sus ingresos, incluyendo aquellos efectivamente percibidos por conducto de las citadas plataformas, no excedan de trescientos mil pesos anuales, podrán optar por pagar el impuesto sobre la renta por dichos ingresos recibidos directamente de los usuarios de los servicios o adquirientes de bienes.

Aplicando las tasas de retención al total de los ingresos recibidos, incluyendo aquellos efectivamente percibidos por conducto de las plataformas tecnológicas y deberán acreditar el impuesto, que en su caso, les hubieran retenido en los términos del presente artículo. El impuesto que se pague se considera como pago definitivo.

Alternativas Fiscales para el 2019 ante la contingencia del COVID-19

Alternativas Fiscales para el 2019 ante la contingencia del COVID-19

Ante la contingencia que estamos viviendo en México y todo el mundo, negocios cerrados, ventas paradas, emprendedores afectados, etc… por el Coronavirus (COVID-19), las empresas y los patrones pueden tomar ciertas alternativas fiscales que les ayuden en el pago de impuestos, la contabilidad y finanzas de sus negocios, apoyadas en el marco de la ley, para aminorar el peso de las obligaciones fiscales que se preveén activas durante el presente año 2020. 

A lo largo de esta semana nos hemos propuesto, publicar algunas alternativas fiscales disponibles para dar posibles soluciones en apoyo a las PyMES, particulares y empresas. 

1. Alternativa Fiscal: Los patrones y empresas pueden disminuir de la utilidad fiscal de sus pagos provisionales mensuales la PTU pagada a sus empleados.

Así es, por ejemplo: Si en mayo del 2020 pagas la PTU* correspondiente al ejercicio 2019, la podrás disminuir por partes iguales en tus pagos provisionales, en los meses de mayo a diciembre. 

*Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la empresa.

Fundamento: LISR artículo 14 fracción II inciso a.

2. Alternativa fiscal: Si realizas pagos al extranjero por servicios que son estrictamente indispensables para tu negocio, los puedes deducir.

Recuerda que los comprobantes del extranjero deben tener: La razón social y domicilio de quien lo expide, lugar y fecha de expedición, descripción del servicio, monto total de la contraprestación, razón social del usuario del servicio. Por ejemplo: Pagos de dominio de correos electrónicos, hospedaje de páginas de internet (host), licencias de software, cursos online de instituciones extranjeras, entre otros. 

Fundamento LISR artículo 27 

3. Alternativa fiscal: Si eres empresa, tienes la opción de diminuir los pagos provisionales a partir del segundo semestre del ejercicio. 

Recuerda que las empresas realizan el cálculo de sus pagos provisionales con un Coeficiente de Utilidad resultado de las utilidades del año anterior. 

Sin embargo si este año, las utilidades de tu empresa van a ser menores, derivado de la pandemia, puedes solicitar a la autoridad una autorización para disminuirlos, según tus proyecciones. 

Fundamento LISR artículo 14 fracción II inciso B

DATOS GENERALES ACERCA DEL REPARTO DE UTILIDADES Ó PTU

DATOS GENERALES ACERCA DEL REPARTO DE UTILIDADES Ó PTU

Mayo y Junio son los meses del reparto de utilidades PTU: Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la empresa. Te presentamos esta infografía que te dará los detalles de lo que la Profedet (Procuraduria Federal de la defensa del Trabajo) y la LFT (Ley  Federal del Trabajo) establecen. 

Y también puedes complementar la información desde el portal oficial del SAT, en el siguiente enlace: Clic aquí

 

Existen algunos casos en los que el trabajador no recibe utilidades, como son: 

Algunas empresas, instituciones y dependencias tampoco está obligadas al Reparto de Utilidades y es posible que la empresa no reparta utilidades sólo si durante el año 2019 no generó ganancias suficientes para hacerlo.

Las empresas y patrones están obligados a hacer el reparto de utilidades, por lo que si tienes algún inconveniente, puedes comunicarte a la PROFEDET por sus diferentes medios de contacto como redes sociales, línea de contacto, atención a clientes o sitio de internet. 

Guía para poder obtener tu contraseña del portal SAT-ID

Guía para poder obtener tu contraseña del portal SAT-ID

Descarga la guía que te ayudará a obtener o actualizar tu contraseña del SAT portal ID. Esperemos que te ayude. En caso contrario, comunícate a nuestros teléfonos para ayudarte.

correo electrónico, personas físicas, https satid.sat.gob.mx, aplicación sat id, renovación del certificado, certificado de e.firma, servicio de administración tributaria, número de folio, firma electrónica, cédula profesional, solicitud de generación o actualización de contraseña, administración tributaria sat, trámites y servicios para personas físicas