Sugerencias para un mejor servicio fiscal entre doctores y pacientes

Sugerencias para un mejor servicio fiscal entre doctores y pacientes

Sugerencias para un Mejor Servicio Fiscal para tus Pacientes

 Si eres médico, nutriólogo, psicólogo, dentista, ginecólogo o 

¿Tienes un consultorio?  ¿Perteneces al régimen fiscal de persona física con actividad profesional o empresarial?

 

ES IMPORTANTE QUE CONOZCAS ESTA INFORMACIÓN Y APLIQUES LAS SIGUIENTES INSTRUCCIONES

Actualmente en el portal del SAT existe el Visor de Deducciones Personales, donde tus pacientes podrán consultar si sus Recibos de Honorarios Médicos  cumplen con todos los requisitos de Ley y si los podrán hacer deducibles en su próxima declaración anual.

Para que tus pacientes puedan deducir el pago de tus honorarios en su próxima  declaración anual verifica que: 

  • Los datos de las facturas realizadas sean correctos.

  • Recibir los cobros mediante una de las formas de pago aceptadas como: Tarjeta de crédito, débito, cheque, SPEI, transferencia o depósito bancario.

Actualiza

Actualiza tu forma de cobro: busca o contrata un terminal punto de venta en instituciones bancarias o una app para poder cobrar con tarjetas (Ej. Clip).

Atiende

Emitir el Comprobante Fiscal Digital (CFDI) Factura, con el uso de CFDI correcto: “D01 Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios”

Recuerda

En el caso de que los pacientes te paguen con tarjeta y no te soliciten factura, recuerda, que debes aun así de facturarlo con un RFC genérico (XAXX010101000)

LOS PAGOS EN EFECTIVO NO PODRÁN DEDUCIRSE
AUNQUE TENGAS LA FACTURA. EL SAT LO RECHAZARÁ

Registra tus operaciones

Llevar un registro de tus operaciones para cuidar tus entradas y salidas de dinero.

Te ayudará a tomar decisiones

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Ganancias

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Utilidades

GANA

Entre doctor y paciente, pueden acordar la forma de pago para que los dos se beneficien anticipadamente, estás a tiempo.

Consulta las deducciones personales en el ámbito de la salud.

Pasión

En la actualidad la relación con el contador debe ser tan íntima y estrecha,

y casi tan parecida como la que se tiene con el médico personal.

Jorge González Moore

 

Doctor

 

 » No todos los héroes tienen súper poderes y usan capas. ¡Algunos tienen horas sin dormir, años de estudio y una bata blanca!». 

 

¿Tienes dudas de tu contabilidad?

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¿Quieres saber si debes presentar Contabilidad electrónica?

¿Quieres saber si debes presentar Contabilidad electrónica?

«La contabilidad ha tenido fuertes cambios en el siglo XXI, el mas reciente y relevante es el hecho de que la contabilidad electrónica pasó de ser opcional a ser un requerimiento forzoso en México y en la mayoría de los países».

Te presentamos una guía para poder saber si eres candidato o no a presentar contabilidad electrónica ante el SAT.

Las personas morales del régimen general están obligados a presentar contabilidad electrónica.

No están obligados:

Las sociedades, asociaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles (donatarias autorizadas) que hayan percibido ingresos en una cantidad igual o menor a dos millones de pesos y las asociaciones religiosas siempre y cuando registren sus operaciones en Mis cuentas.

La Federación, entidades federativas, municipios, sindicatos obreros, entidades de la administración pública paraestatal, no están obligados a llevar contabilidad electrónica, excepto cuando realicen actividades empresariales.

Resolución Miscelanea Fiscal 

Las personas físicas con actividad empresarial y/o profesional con ingresos superiores a los $2,000,000.00 al año, deben presentar contabilidad electrónica.

Para las personas inscritas en el régimen de persona física por Arrendamiento con ingresos superiores a los $2,000,000.00 al año, deben presentar contabilidad electrónica.

*A excepción de que opten por aplicar la deducción del 35% mejor conocida como deducción ciega.

En estos casos deberán utilizar un sistema que pueda generar los reportes necesarios al SAT. En caso de estar obligado y no contar con un sistema, deberán registrar sus operaciones en el SAT en la sección de «Mi contabilidad» o «Mis cuentas».

 

Las personas físicas en el régimen de sueldos y salarios y personas físicas con actividad profesional, no deben presentar contabilidad electrónica si sus ingresos son menores a las $2,000,000.00 al año.

 

 

Si debes presentar contabilidad electrónica, estos son los documentos que debes presentar a través del Buzón Tributario:

 

  • La preparación del Catálogo de Cuentas.
  • La entrega mensual de la Balanza de comprobación.
  • En caso de requerirse, la entrega de información de pólizas y auxiliares.

Si tienes dudas o pendientes en tu contabilidad electrónica, llámanos, nosotros podemos ayudarte.

 

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¿Qué pasa con mi contabilidad si empiezo a cobrar con tarjeta?

¿Qué pasa con mi contabilidad si empiezo a cobrar con tarjeta?

Implementar en tu negocio el cobro con tarjeta de crédito o débito,  aceptar pagos con transferencia o depósitos bancarios, te generará nuevas responsabilidades en tu contabilidad y la declaración de impuestos ante el SAT. 

PLa declaración de todos los ingresos que apliquen a tu negocio con una buena administración, puede ser en beneficioso, or eso te presentamos algunas acciones para que empieces con el pie derecho:

 

1. Abre una cuenta bancaria exclusiva para tu negocio; por experiencia unir tus finanzas personales con las finanzas de tu negocio te traerá problemas a la hora de calcular y medir resultados.

2. Empieza con orden y claridad, infórmate sobre las obligaciones en impuestos que tienes que cumplir con el SAT, con base en el régimen fiscal de persona física o persona moral en el que te encuentres, si tienes duda, también infórmate si te conviene  actualizar tu régimen fiscal

3. Utiliza la tecnología a tu favor. Un sistema ERP o programa informático para el registro de las cuentas. Es ideal. 

También puedes implementar un área de facturación, que cuente con un software especializado en la realización o emisión de facturas. 

Te ayudará a tener el control de tus cuentas, buenos registros contables y hasta crear presupuestos.

4. Realiza conciliaciones bancarias entre tu sistema y el banco, siempre debes hacerlo.

5. Lleva tu contabilidad e impuestos a partir de las Normas de Información Financiera (NIF) y revisa las leyes fiscales vigentes (Código Fiscal de la Federación (CFF), Ley Federal del trabajo (LFT), Reforma miscelánea fiscal (RMF) ya que cambian o se actualizan constantemente.

6. Mide y analiza tus resultados con Estados Financieros, que te permitan interpretar las finanzas y tomar nuevas decisiones.

«Lo que se mide mejora» 
Peter Drucker

Estos cambios en la gestión de tu contabilidad y administración general de tu negocio, requieren precisión, control y sobre todo constancia. Te recomendamos siempra mantenerte informado de las actualizaciones en materia fiscal que puedan beneficiarte o afectar el desarrollo de tu emprendimiento. Recuerda que en todo momento podemos ayudarte a seguir estos consejos, en Arguet Despacho Contable y Fiscal, trabajamos con el mayor profesionalismo. Contáctanos

 

¿Cómo identificar un correo apócrifo que no es del SAT?

¿Cómo identificar un correo apócrifo que no es del SAT?

Si recibiste un correo «supuestamente» del SAT (Sistema de Administración Tributaria) y tienes dudas de su veracidad, revisa algunos aspectos básicos que puede tener un correo que lo hacen falso.

Ten cuidado con dar información, abrir enlaces o descargar documentos, puesto que el SAT no envía enlaces a otros sitios ni tampoco descargas.

Si el remitente no tiene en su dominio @sat.gob.mx, tambien duda de su procedencia.

Te sugerimos comunicarte directamente con la autoridad, tu contador o un profesional para que pueda aclararte el estado de tu situación ante hacienda.

Arguet Contabilidad y Finanzas

Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales ¿Por qué ser positivos?

Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales ¿Por qué ser positivos?

Contar con tu opinión de cumplimiento POSITIVA ante el SAT es muy importante ya que representa el cumplimiento de tus obligaciones fiscales durante los últimos 5 años a la fecha.

Si ya te encuentras inscrito en el RFC y quieres saber ¿Cómo están tus declaraciones? puedes ingresar al servicio de opinión del SAT y al buzón tributario para acceder a la información que como contribuyente debes conocer y obtener tu opinión de cumplimiento o emitir tu opinión. 

En caso de que vayas a trabajar por honorarios, bajo el régimen de persona física con actividad empresarial o profesional y también en caso de que quieras ser proveedor de alguna empresa privada o de gobierno, pueden llegar a requerirte tu opinión de cumplimiento positiva

En caso de no haber presentado declaraciones de años anteriores o tener un crédito fiscal pendiente tendrás que actualizarla para poder obtener tu opinión positiva, pagando o presentando tus declaraciones omitidas.

 

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¿De sueldos y salarios a honorarios?

¿De sueldos y salarios a honorarios?

Si ahora te convertirás en profesionista independiente (freelance), o comenzarás a prestar tus servicios a diferentes empresas y emprenderás ese negocio que tanto soñaste o que te apasiona (proveedor), deberás conocer tus nuevas obligaciones en materia  de impuestos y contabilidad que te serán de mucha utilidad.

Recuerda que el orden de los registros desde el principio y medir tus resultados puede ser la clave de tu éxito.

Sabemos que el pago de impuestos, puede hacernos dudar si emprender, pero si llevas una buena contabilidad y manejas inteligentemente tus finanzas, puedes equilibrar tú economía. Que la idea de comenzar a declarar o pagar impuestos, no frene tu emprendimiento.

¿Cuales son mis obligaciones si estoy inscrito en el Régimen de honorarios o servicios profesionales?

Régimen de persona física con Actividad Profesional?

  • Presentar declaraciones mensuales
  • Presentar declaración anual
  • Presentar DIOT mensual
    (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros)
  • Conservar facturas electrónicas de tus gastos
  • Entregar a tus clientes facturas electrónicas
  • Activar el Buzón tributario
  • Mantener tus datos actualizados en el RFC

Adicionalmente, si tienes empleados, deberás:

  • Retener y enterar ISR por los sueldos que pagas
  • Registrarlos ante el IMSS
  • Timbrar la nómina y entregar recibos de nomina
  • Pagar el impuesto sobre nóminas estatal

TITULO IV Capitulo II Ley del Impuesto Sobre la Renta

En la declaración anual, podrás deducir los gastos que por actividad profesional que te corresponden, cumpliendo los requisitos para las deducciones personales.

También es importante que conserves y expidas facturas electrónicas, pues así tendrás el registro de tus actividades y las pruebas para la deducción y devolución de impuestos. 

No importa que tan pequeño o robusto sea tu emprendimiento, contar con un sistema contable que te ayude a controlar tu actividad económica es importante. Así cuando vaya creciendo tu negocio, necesitarás revisar tus obligaciones y empezar a realizar un presupuesto anual, enviar contabilidad electrónica y otras obligaciones fiscales que, si desde un principio llevaste al día, te será mas fácil controlar.

Si vas a darte de alta o cambiar de régimen fiscal como persona física o de persona física a moral por que quieres concretar una  sociedad, empieza por el registro, documentación necesaria, organización y requerimientos para empezar con el pie derecho tu negocio. 

Las preguntas más frecuentes que nos hacen son: ¿Cómo facturar?, ¿Como entregar e interpretación de estados financieros? como primeros pasos.

La puntualidad en el pago de impuestos, es un punto que deberás cumplir para evitar recargos  y problemas con el SAT, un calendario fiscal, puede ayudarte a presentar tus declaraciones mensuales y anuales con anticipación.

Si nunca habías tenido que declarar  por tu cuenta, y necesitas ayuda profesional, contáctanos, tenemos planes personalizados, que se adecuan a la carga de trabajo no a los montos de facturación .

Ten un aliado de tus finanzas e impuestos. Permite que nuestro equipo se encargue de esos procesos engorrosos mientras tú, te dedicas a hacer crecer tu negocio.

 

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Características y beneficios de llevar tu contabilidad con un ERP

Características y beneficios de llevar tu contabilidad con un ERP

Un ERP, son un conjunto de sistemas para la Planeación de Recursos Empresariales (Enterprise Resource Planning), que se utiliza en la administración de tu empresa, en el área de contabilidad la gestión de cifras, documentación y operaciones con un ERP, es mucho mas eficiente.

El uso de nuevas tecnologías, te ayuda a mantener un control electrónico de tu contabilidad.

Es recomendable usar un ERP si tu negocio, pyme o empresa tiene operaciones de producciónlogísticainventarioenvíos y contabilidad, que van acrecentándose o que requieren de mucha documentación; ya sea persona física o moral, por igual. 

Algunos beneficios que tiene usar un ERP en tu contabilidad son:

· Evitar la recaptura de la información.

· Mejorar el flujo de trabajo.

· Integrar toda la información contable en un mismo lugar.

· Minimizar el margen de error con las actualizaciones.

· Automatizar operaciones o estrategias basadas en resultados.

· Cierres contables más ágiles y a tiempo.

La contabilidad y finanzas mejoran, así como el tiempo y cumplimiento de tus obligaciones fiscales, con tus cifras reales y precisas y estados financieros  podrás anticipar decisiones.

Por la rapidez con la que se realizan las operaciones con información y operaciones electrónicas, optimizamos nuestro tiempo, por ello el costo de contar con un ERP te será mas accesible, sin costos excesivos. Al contrario, tendrás mayores beneficios.  

CONTÁCTANOS SI TIENES ALGUNA DUDA O REQUIERES UNA CONSULTA.

 

¿Te llegó un Requerimiento del SAT y no lo entiendes?

¿Te llegó un Requerimiento del SAT y no lo entiendes?

Contabilidad fiscal y de impuestos

Las personas físicas y morales tienen la obligación de realizar las aclaraciones correspondientes a los requerimientos del SAT.  ¡No entres en pánico!, mejor haz algo, acude con un profesional y presenta tus declaraciones, aclaraciones y pendientes fiscales. 

Los requerimientos enviados por el  SAT, responden a una o varias posibles causas de aclaración, mismas que deben ser atendidas en tiempo y forma para evitar sanciones «multas» o consecuencias negativas en tu historial fiscal.

El SAT las envía por concepto de «Errores u omisiones en el cumplimiento de obligaciones fiscales, como: Declaraciones con errores o datos omitidos, no presentar solicitud de inscripción o los avisos al RFC o presentarlo fuera de tiempo, créditos fiscales con adeudo por error en declaraciones, cheques no pagados,  multas, actualización y recargos en dichos créditos y por el pago total de la deuda, por omisión de pagos.

Plazos del Requerimiento

En el requerimiento enviado se encuentra el plazo en que deberá presentar la documentación o el pago correspondiente, le sugerimos hacerlo antes de la fecha límite y contar con la documentación probatoria.

Sanciones

Por ejemplo: En caso de no presentar declaraciones a la autoridad y no cumplir los requerimientos, la multa puede ir desde los  1,240.00 a  los 15,430.00 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas y otra multa de 1,240.00 a 30,850.00 pesos por cada obligación presentada fuera del plazo señalada.

Como resultado de no pagar a tiempo, las multas del SAT afectarán o se irán acumulando.

Las aclaraciones pueden realizarse en línea o de forma presencial en las oficinas del SAT al que pertenece tu domicilio fiscal.

Contáctanos si requieres apoyo para presentar tus declaraciones pendientes, comienza por conocer tu situación fiscal actual con el Diagnóstico Fiscal Gratuito da clic aquí

Estos requerimientos se encuentran resguardados bajo la ley fiscal con Fundamento Legal en:

– Código Fiscal de la Federación, artículo 33-A;
– Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 46
– Resolución Miscelánea Fiscal, Anexo 1-A
Fuente: SAT

 

¿Tienes dudas de tu contabilidad?

Comunícate con nosotros @Arguet .

Estamos para servirte.

 

BLOG ARGUET 

Novedades del Buzón Tributario

Novedades del Buzón Tributario

¿Qué es el Buzón Tributario?

El Buzón Tributario, es un medio de comunicación directo entre el SAT y los contribuyentes, donde podrás enviar y recibir información, avisos electrónicos, promociones, solicitudes, etc.  

¿Para que sirve el Buzón Tributario?

– Facilita la consulta y disponibilidad de documentos digitales los 365 días del año las 24 horas del día. 

– Garantiza la seguridad y accesibilidad de la información con un sitio insitucional y oficial.

– Permite acceder a un espacio único y ofic ial para asuntos y trámites.

– Agiliza la transmisión electrónica de información con las autoridades. 

¿Qué necesito para activarlo?

Necesitarás:

· RFC válido

·  Contraseña

· E- Firma

Entrar al portal del SAT e incluir tus datos. 

Medios de contacto

El SAT te pedirá un medio de contacto para poder enviar y recibir información, la cual deberás mantener actualizada y deberás confirmarla dentro de las siguientes 72 horas, una vez ingresados los datos de contacto. Estos pueden ser:

· Correo electrónico

· Número móvil (SMS) para envío de mensajes cortos de texto. CFF 17-K, 17-H Bis, 134

Infracciones, multas en caso de no activar el Buzón 

  • Artículo 86-C. Se considera infracción en la que pueden incurrir los contribuyentes conforme lo previsto en el artículo 17-K de este Código, el no habilitar el buzón tributario, no registrar o no mantener actualizados los medios de contacto conforme lo previsto en el mismo.
  • Artículo 86-D. A quien cometa la infracción relacionada con la no habilitación del buzón tributario, el no registro o actualización de los medios de contacto conforme a lo previsto en el artículo 86-C, se impondrá una multa de $3,080.00 a $9,250.00.

FECHAS LÍMITE PARA ACTIVAR EL BUZÓN TRIBUTARIO PARA PERSONA FÍSICA Y MORAL

Persona moral: 31 de Marzo . Persona Física: 30 de abril

Tienes duda con respecto a tu contabilidad? 

Contáctanos @Arguet Consultoría.

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