«La contabilidad ha tenido fuertes cambios en el siglo XXI, el mas reciente y relevante es el hecho de que la contabilidad electrónica pasó de ser opcional a ser un requerimiento forzoso en México y en la mayoría de los países».

Te presentamos una guía para poder saber si eres candidato o no a presentar contabilidad electrónica ante el SAT.

Las personas morales del régimen general están obligados a presentar contabilidad electrónica.

No están obligados:

Las sociedades, asociaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles (donatarias autorizadas) que hayan percibido ingresos en una cantidad igual o menor a dos millones de pesos y las asociaciones religiosas siempre y cuando registren sus operaciones en Mis cuentas.

La Federación, entidades federativas, municipios, sindicatos obreros, entidades de la administración pública paraestatal, no están obligados a llevar contabilidad electrónica, excepto cuando realicen actividades empresariales.

Resolución Miscelanea Fiscal 

Las personas físicas con actividad empresarial y/o profesional con ingresos superiores a los $2,000,000.00 al año, deben presentar contabilidad electrónica.

Para las personas inscritas en el régimen de persona física por Arrendamiento con ingresos superiores a los $2,000,000.00 al año, deben presentar contabilidad electrónica.

*A excepción de que opten por aplicar la deducción del 35% mejor conocida como deducción ciega.

En estos casos deberán utilizar un sistema que pueda generar los reportes necesarios al SAT. En caso de estar obligado y no contar con un sistema, deberán registrar sus operaciones en el SAT en la sección de «Mi contabilidad» o «Mis cuentas».

 

Las personas físicas en el régimen de sueldos y salarios y personas físicas con actividad profesional, no deben presentar contabilidad electrónica si sus ingresos son menores a las $2,000,000.00 al año.

 

 

Si debes presentar contabilidad electrónica, estos son los documentos que debes presentar a través del Buzón Tributario:

 

  • La preparación del Catálogo de Cuentas.
  • La entrega mensual de la Balanza de comprobación.
  • En caso de requerirse, la entrega de información de pólizas y auxiliares.

Si tienes dudas o pendientes en tu contabilidad electrónica, llámanos, nosotros podemos ayudarte.

 

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