Recomendaciones para el llenado de la declaración de ISR

Recomendaciones para el llenado de la declaración de ISR

Recomendaciones para el llenado de la Declaración de ISR

 

Para el cierre anual de las cifras contables revisa la antigüedad de tus saldos en: 

Cuentas por cobrar, cuentas por pagar e inventarios.

Esto mejorará el control interno y cuidará tu patrimonio, evita pérdidas de dinero.

Otros consejos importantes: 

1. Verifica que tu e-firma se encuentra vigente

2. Cumple con los tiempos de la presentación

 3. Recuerda hacer la clasificación previa de las cuentas de Balance y de Resultados para el vaciado al formato de la declaración anual.

4. También debes amarrar las bases de retenciones de honorarios y fletes (10% ISR y 4% IVA).

5. Amarrar los recibos de nómina contra las retenciones de ISR de sueldos y salarios declaradas y sus bases contra la balanza.

6. Amarrar los ingresos de los pagos provisionales contra la balanza y en caso de tener diferencia presentar las declaraciones complementarias con anticipación.

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Preguntas frecuentes de la Declaración Anual de persona moral

Preguntas frecuentes de la Declaración Anual de persona moral

El Servicio de Administración Tributaria SAT, publicó algunas preguntas frecuentes y sus soluciones acerca de la presentación de la declaración anual de persona moral. En Arguet te explicamos algunos casos que debes tomar en cuenta: 

Recuerda que tienes hasta el 31 de marzo como fecha límite para presentar la declaración anual de persona moral.

1. Anticípate: Con base en el aplicativo del SAT y la disponibilidad del sistema, te sugerimos anticiparte, ya que de esa forma, podrás realizar las aclaraciones y actualizaciones correspondientes, en tiempo y forma. 

FAQ´S- DECLARACIÓN ANUAL PERSONA MORAL

¿Qué ejercicios se podrán presentar con la herramienta?

Con el aplicativo puedes presentar las declaraciones a partir del ejercicio 2019 en adelante.

En 2020 o 2021 deseo presentar declaración por un periodo irregular, porque estoy por iniciar la liquidación, fusión o escisión de mi sociedad, ¿cómo debo presentar mi declaración?

Si deseas presentar una declaración anticipada o de un periodo menor a 12 meses del ejercicio 2020 o 2021, deberás de ingresar a “Empresas” apartado “Anuales” y seleccionar la opción “Presenta tu declaración anual de personas morales” y se te mostrará la herramienta del F18; en el ejercicio elige 2020 o 2021, en periodo selecciona “Del ejercicio por Terminación Anticipada” y en tipo de declaración, la que corresponda. Debiendo de capturar los importes a declarar al periodo que desee informar.

¿Cuál es la forma correcta de navegar dentro de la declaración anual de personas morales régimen general?

El aplicativo tiene un orden lógico de navegación, por lo que primero deberás ingresar a la pestaña de Ingresos y hasta concluir con el llenado de los campos obligatorios, te permitirá pasar a la pestaña de Deducciones autorizadas y así sucesivamente hasta llegar a la última pestaña que es la de Datos adicionales. Misma situación sucede con los estados financieros.

Tengo mi declaración guardada a partir de que publicaron el simulador de la “declaración anual de personas morales Régimen General”, y ya presenté y pagué mi pago provisional del período de diciembre del 2020 o cualquier otro período, pero no lo veo reflejado en la declaración, ¿qué debo hacer para que se vea reflejado?

En automático la información de pagos provisionales se actualizará en la declaración guardada, simplemente al dar clic sobre la declaración que previamente generó deberá de mostrarse la información correspondiente.

INGRESOS

Si la información precargada de mis ingresos no es correcta, ¿cómo puedo corregirlo, ya que el campo está inhabilitado?

Para poder corregir cualquiera de la información que se está precargando de los pagos provisionales, deberás presentar la(s) declaración(es) complementaria(s) correspondiente(s).

¿En cuánto tiempo se actualizará la precarga, si presento declaraciones extemporáneas o complementarias?

Si en la declaración no resultó cantidad a pagar, se verá reflejada al día siguiente.

Si resultó cantidad a pagar, una vez hecho el pago en la institución de crédito autorizada, en un máximo de 48 horas se verá reflejada.

8. ¿Qué tipo de ingresos son los que podría estar manifestando en el campo denominado “Ingresos que solo se acumulan en la declaración anual”?

Los que por ley indica que se acumulan hasta la declaración anual, por ejemplo:

 Estímulo fiscal acumulable.

 Utilidad distribuida por fideicomisos.

 Ganancia por inversiones derivadas

 Diferencias por inventario acumulable.

Si es su primer ejercicio fiscal al no presentar pagos provisionales, los Ingresos por inicio de operaciones.

Los anticipos de clientes recibidos de ejercicios anteriores y los anticipos de clientes recibidos en el ejercicio a declarar, ¿cuál es la diferencia entre estos conceptos y como se deben de declarar?

– Anticipos de clientes de ejercicios anteriores. Dentro del campo de los ingresos a disminuir se encuentra la opción de los importes recibidos por los contribuyentes en ejercicios anteriores al que está declarando y cuando los recibió los considero en los ingresos nominales del pago provisional que declaró, pero nunca pasaron a formar parte de los ingresos acumulables y en el ejercicio fiscal que declara devolvió el flujo de efectivo a su cliente por esta razón disminuyen los ingresos acumulables en este ejercicio.

– Anticipos de clientes del ejercicio. Son los importes recibidos por el contribuyente del mismo ejercicio que declara y que ya están considerados dentro de los ingresos nominales que fueron declarados en los pagos provisionales y en la declaración anual solamente indica el importe correspondiente dentro de los “Tipos de ingresos”.

Como conclusión, no se deben de comparar ambos importes y solo declarar la diferencia ya que el efecto puede ir en contra de lo establecido en la LISR.

Deducciones autorizadas:

Dentro de la ventana de “Total de nómina por sueldos y salarios” se muestran dos campos identificados como “Importe de la nómina considerada como posible deducción, solo periodos pagados” e “Importe de la nómina exenta considerada como posible deducción, solo periodos pagados”, ¿qué importes se suman en estos campos?

En cada uno de los campos antes mencionados, solo se suman aquellos periodos que efectivamente se haya presentado y pagado la retención correspondiente al ISR retenido y en la columna de “Estatus” se muestra el resultado de la validación antes mencionada.

En el apartado de Deducciones en la información de nómina por sueldos y salarios o por asimilados a salarios, está considerando conceptos que no son deducibles en la nómina, por ejemplo, viáticos, PTU, vales de despensa, etc… ¿cómo puedo reducirlos para dejar sólo los que sí son deducibles?

Para el ejercicio 2020 en adelante, los conceptos de PTU y viáticos que se hayan timbrado en el CFDI de nómina, se mostrarán pre llenado dentro del reglón “Nómina por sueldos y salarios no deducible” y al dar clic en el botón de “Capturar” se mostrará la ventana emergente con dichos campos y adicionalmente podrá capturar el importe de otros conceptos no deducibles, ahí mismo podrá elegir el porcentaje (53 o 47%) a deducir de los importes que son ingresos exentos para el trabajador. Muy similar sucede con los importes timbrados para asimilados a salarios, salvo que el renglón de “Nómina por asimilados a salarios no deducible” al dar clic en el botón de “Capturar” se le mostrarán los campos de captura de “Viáticos”, “Anticipos de rendimientos de sociedades civiles” y “Otros conceptos no deducibles”.

Considerar que el importe total de “Viáticos” de Sueldos y salarios más el de viáticos y de “Anticipos de rendimientos de sociedades civiles” de Asimilados a salarios, se mostrarán pre llenados en el campo de “Gastos”.

Adicionalmente, podrás capturar los importes deducibles que correspondan en cada uno de los campos, considerando que en el caso de los anticipos y rendimientos no podrá capturar un importe mayor al pre llenado, pero si menor y en el caso de viáticos si podrá capturar un importe mayor, igual o menor al pre llenado y adicionalmente deberá de agregar al menos una opción disponible al dar clic en el botón de “Agregar”.

Emití CFDI de nómina para realizar el pago de la PTU a mis trabajadores durante el ejercicio fiscal que estoy declarando, ¿Cómo la disminuyo en mi declaración anual?

El importe que se tenga pre llenado de PTU dentro de la ventana de “Nómina por sueldos y salarios no deducibles” se pre llenará en la pestaña de la determinación del impuesto en el campo “PTU pagada en el ejercicio” y al dar clic en el botón de “Capturar” se mostrará el campo de “PTU timbrada y pagada en el mes de mayo del ejercicio que declara”, adicionalmente se tiene un campo más de captura para que el contribuyente adicione la PTU no pre llenada.

Soy una Sociedad o asociación Civil y distribuyo anticipos de rendimientos que se timbran como CFDI de nómina y no deben ser deducibles como nómina, ¿Cómo deben ser incluidos en las deducciones autorizadas y en la determinación del coeficiente de utilidad?

Como se menciona en la pregunta de la determinación de asimilados a salarios no deducibles, el contribuyente indica el importe a disminuir por este concepto, el cual se pre llenará en el campo de gastos y a su vez podrá capturar solo el importe deducible como un gasto.

En la venta de asimilados a salarios no deducibles.

En la determinación del coeficiente de utilidad, se muestra el concepto agregado en gastos el importe que se adiciona a la utilidad fiscal o se disminuye de la pérdida fiscal según corresponda el monto de los anticipos que pagan las sociedades civiles.

En las deducciones autorizadas determino un costo de ventas, ¿Cómo separo de mi nómina pre llenada el importe de mano de obra directa e indirecta y como la agrego a la determinación del costo de ventas?

Dentro de la ventana de la determinación de la nómina a deducir, existe un campo “Mano de obra a aplicar en costo de lo vendido” y al dar clic en el botón de “capturar” se habilita una ventana “Mano de obra a aplicar en costo de lo vendido” y ahí podrá capturar los importes aplicables al costo de ventas los cuales se pre llenarán en dicho campo.

Para determinar mi costo de ventas, es necesario considerar deducciones “Deducciones relacionadas con la nómina” y de inversiones, ¿Dónde incluyo el importe correspondiente a la deducción de inversiones aplicables al costo de ventas?

Cuando se agreguen conceptos de deducciones relacionadas a la nómina y deducciones de inversiones dentro de cada ventana se tiene un campo de captura para identificar el importe que corresponda y que se pre llenará en el costo de ventas

Determinación del impuesto:

En el apartado de Determinación en el campo “ISR retenido al contribuyente”, no se visualiza ningún importe a pesar de que en la pantalla que muestra el aplicativo al dar clic en el botón “ver detalle” sí veo información declarada en pagos provisionales, ¿qué debo hacer?

La aplicación toma la información del último período declarado vigente y que el estatus de la declaración este pagado, ya que esta información es acumulada, por ejemplo, si en el período de diciembre del 2020 no declaraste ningún importe en el campo de “ISR retenido”, deberás presentar la(s) complementaria(s) para regularizar tus pagos provisionales.

¿Cómo agrego el acreditamiento de estímulos fiscales al impuesto causado?

En la determinación del impuesto, se muestra una pregunta la cual se deberá de contestar afirmativamente, se les mostrará un campo identificado como “Estímulos al impuesto causado” con un botón de capturar, al dar clic le mostrará una ventana donde podrá agregar los estímulos correspondientes.

Durante el ejercicio que se está declarando, tengo impuestos pagados en el extranjero y también tengo saldos pendientes de acreditar de ejercicios anteriores, ¿cómo me los acredito y como agrego los saldos pendientes de acreditar de ejercicios anteriores?

Si aún tiene saldos pendientes de acreditar de los últimos diez ejercicios anteriores al que declara, estos importes se mostrarán de manera automática pre llenados en su declaración, así también el correspondiente al ejercicio que está declarando ya que este se agregó en la pestaña de ingresos, en caso de que no tenga ningún importe pre llenado de los ejercicios anteriores deberá de revisar si estos fueron agregados en su declaración anual inmediata anterior y que en cada uno de los ejercicios agregados hayan tenido un saldo remanente que no se pudo acreditar, en caso contrario, deberá agregarlos en la declaración anual del ejercicio inmediato anterior por medio de una complementaria de modificación para que los saldos pendientes de acreditar se muestren en la actual declaración anual que está presentando.

Para poder acreditarse los importes remanentes, deberá dar clic al icono de “editar” de la columna de “Acciones”, capturar el importe correspondiente en el campo “Impuesto a acreditar en este ejercicio y dar clic en “Guardar”

Datos adicionales:

Soy una sociedad civil que distribuye anticipos de rendimientos a sus integrantes, ¿Cómo se adiciona a la utilidad fiscal o como se disminuye de la perdida fiscal este concepto de pago que además timbre con CFDI de nómina?

De acuerdo a la respuesta de la pregunta 13 de este documento, de sueldos y salarios debe capturarse como no deducible y agregarse al campo de “Gastos” para que en la mecánica de cálculo del coeficiente de utilidad el dato resultante como coeficiente de utilidad ya lo considera.

Soy un contribuyente obligado a determinar PTU generada por el ejercicio que declaro, ¿Puedo modificar los importes que muestra la mecánica de cálculo de la PTU?

La determinación de la PTU se genera de manera automática con la información que se proporciona en los ingresos y en las deducciones autorizadas y solo podrá capturar un importe en el campo “Deducción inmediata de bienes nuevos de activo fijo que hubiera correspondido” de acuerdo a la establecido en el último párrafo de la fracción XXXIV del ARTICULO NOVENO de las DISPOSICIONES TRANSITORIAS 2014, Publicadas en el D.O.F. del 11 de diciembre de 2013, si es necesario realizar algún ajuste deberá revisar sus Ingresos acumulables y las deducciones autorizadas.

En la declaración anual 2020, deseo agregar un número de identificación de un esquema reportable que utilice, ¿Cómo lo agrego?

Dentro de la declaración anual en la pestaña de “Datos adicionales”, se encuentra una pregunta a la cual deberás de contestar afirmativamente y darle clic al botón “Agregar” y se habilitará un campo para capturar el número de identificación correspondiente a 21 posiciones alfanumérico, posteriormente dar clic en el botón de “Guardar” para agregar dicho registro y así sucesivamente si desea agregar más registros.

En caso de tener alguna duda o que necesites apoyo profesional, contáctanos directamente para brindarte la información que necesitas.

Deducciones de gastos

Deducciones de gastos

Existen dos tipos de deducciones que puedes aplicar:

Deducciones de gastos mensuales

Tu puedes deducir los gastos e inversiones que sean estrictamente indispensables para llevar a cabo tu actividad.

  • Pago de sueldos y salarios.
  • Cuotas que hayas pagado como patrón al IMSS.
  • Arrendamiento del local que utilices para la prestación de tus servicios.
  • Luz y teléfono del local para tus actividades.
  • Papelería y artículos de escritorio.
  • Inversiones en activo fijo, como equipo de cómputo, de oficina, construcciones o equipo de transporte.
  • Las mercancías, materias primas, productos terminados o semiterminados, que utilices para producir tus bienes o servicios o para venderlos.

Deducciones de gastos anuales

Conocidas como deducciones personales, que son todos los gastos que puedes deducir en tu declaración anual de impuestos. Estos son:

  • Gastos médicos, dentales, de enfermeras y gastos hospitalarios, incluido el alquiler o compra de aparatos para rehabilitación, prótesis, análisis y estudios clínicos.
  • Lentes ópticos graduados hasta por 2,500 pesos.
  • Gastos funerarios.
  • Pagos por primas de seguro de gastos médicos.
  • Los intereses reales, efectivamente pagados en el ejercicio, por créditos hipotecarios para tu casa habitación.
  • Donativos.
  • Transporte escolar obligatorio.
  • Aportaciones voluntarias al fondo de retiro.
  • Impuestos locales por salarios.
  • Colegiaturas (preescolar a preparatoria).

Recuerda que para que aplique la deducción la forma de pago deben ser en Cheque Nominativos, transferencia bancaria, pago con tarjeta de crédito y/o débito.

Requisitos para presentar tu declaración anual como Asalariado

Requisitos para presentar tu declaración anual como Asalariado

La Declaración Anual de Impuestos es un reporte que contiene el total de ingresos, retenciones y gastos obtenidos durante un año fiscal.

Dicho reporte se presenta en el mes de abril ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para las personas físicas.

¿Qué debo tener a la mano para presentarla?

  • Conocer tu RFC y Contraseña (Antes CIEC).
  • Tener a la mano CLABE interbancaria, en caso de una devolución (Saldo a favor).
  • Firma Electrónica (Archivos .key, .cer y contraseña de la FIEL)
  • Facturas de Deducciones Personales del ejercicio 2018, para cotejo con el sistema.
  • Recibos de nómina del ejercicio 2018, para cotejo con el sistema.

Puntos importantes:

  • Recuerda que los empleadores ya no están obligados a entregar “constancia de retenciones” ya que cada recibo de nómina ahora es timbrado y ya se encuentran cargados en el portal del SAT.
  • Las facturas de las “deducciones personales”, si fueron debidamente elaboradas, también se encuentran cargadas en el portal del SAT.

La realidad, es que en la actualidad, el trámite de la Declaración Anual es cada vez más sencillo, sin embargo, no dejan de existir puntos más finos o técnicos que debes de conocer, para que la presentación sea exitosa, sobre todo en caso de existir un saldo a favor.

Guía para poder obtener tu contraseña del portal SAT-ID

Guía para poder obtener tu contraseña del portal SAT-ID

Descarga la guía que te ayudará a obtener o actualizar tu contraseña del SAT portal ID. Esperemos que te ayude. En caso contrario, comunícate a nuestros teléfonos para ayudarte.

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Preguntas frecuentes sobre la declaración anual

Preguntas frecuentes sobre la declaración anual

FAQS

Preguntas y respuestas

Te compartimos algunas preguntas que nos han realizado en estos días. Si tienes otra escribe tu comentario.

  1. Di recibos de honorarios durante todo el 2019¿Por qué no tengo ningún dato precargado en la declaración anual?

R: Revisa si hiciste y presentaste tus declaraciones mensuales, ya que en caso de no haberlo hecho tendrás que presentarlas primero.

  1. Tengo factura de mis gastos médicos pero no aparece precargada en el SAT

R: A veces el sistema omite algunas facturas. En este caso se deben analizar los requisitos fiscales de la factura y si procede, cargarla manualmente.

  1. ¿Qué hago si tengo que  pagar y ahorita no tengo dinero?

R: El SAT te da la posibilidad de pagar hasta en 6 parcialidades.

  1. Me rechazaron mi devolución y ahora me piden el formato electrónico de devolución, ¿Qué hago? 

R: El Formato Electrónico de Devoluciones (FED) es un formato que debe presentarse en el SAT junto con la declaración complementaria si es que procede, así como los demás requisitos que te solicite la autoridad.

  1. Ya presente mi declaración, pero no he recibido mi devolución,  ¿Dónde puedo consultar mi estado de devolución?

R:  En el portal del SAT se encuentra el apartado de devoluciones y compensaciones, ahí podrás revisar el estatus con tu RFC y contraseña. Puede tardar entre 3 y 5 días hábiles si solicitaste devolución automática. Si fue a través del formato electrónico de devolución, 40 días hábiles.

  1. No recuerdo mi contraseña, ¿Qué debo hacer?

R: Solicitarlas a través del nuevo portal SAT ID, es muy fácil. Creamos una guía que te podemos compartir.

Descargar Guía

  1. Tengo mis constancia de hace 8 años por el pago de mi crédito hipotecario, aún puedo presentar mis anuales de años pasados?

R: Si puedes. Aplica para 5 años hacia atrás. Se debe de solicitar la devolución a través del formato electrónico de pagos.

Declaración Anual de personas físicas

5 Consejos para facilitar la devolución de impuestos

5 Consejos para facilitar la devolución de impuestos

La Declaración Anual de Impuestos es un reporte que contiene el total de ingresos, retenciones y gastos obtenidos durante un año fiscal.

Dicho reporte se presenta en el mes de marzo y abril ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). El saldo a favor en el SAT lo tienen todas aquellas personas que pagaron sus impuestos y el cálculo indica que pagó más de lo que debía.

Si resultaste con saldo a favor, deberás tomar en cuenta los siguientes consejos:

1. Debes tener activo tu Buzón Tributario.

El registro se realiza a través del portal de SAT , el cual te solicitará un correo electrónico o un número telefónico.

2. Requisitos para solicitar la devolución del IVA

Debes haber presentado las DIOTS y verificar que tus gastos cumplan al 100% con todos los requisitos de deducibilidad marcados en la Ley.

3. Verifica que el Formato Electrónico de Devolución (FED) sea correcto.

El  llenado incorrecto del formato de devolución puede retrasar el tiempo de la devolución.

4. La devolución se hace a la cuenta bancaria del contribuyente

El SAT te solicitará la CLABE Interbancaria y un estado de cuenta para verificar los datos.

 

5. Si eres asalariado bastará con:

a) Llenar correctamente tu declaración anual.

b) Enviar tu declaración anual a tiempo.

c) Seleccionar la opción de devolución

d)Otorgar tu Clabe interbancaria

e) Firmar tu Declaración Anual (solo en los casos que proceda).

Si al contrario, resultaste con SALDO A PAGAR, haz una revisión de tus cuentas y estrategia fiscal que te permita tomar decisiones para el próximo año fiscal.

La declaración anual y el año fiscal para personas físicas

La declaración anual y el año fiscal para personas físicas

En la declaración anual de persona física, que se presenta en el mes de abril,  ya no puedes ingresar una factura fechada desde el primero de enero a la fecha de la declaración. Como parte de una estrategia fiscal inteligente, es importante conocer las fechas limites...

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Deducciones fiscales para persona moral que puedes aplicar en tu declaración anual

Deducciones fiscales para persona moral que puedes aplicar en tu declaración anual

Las empresas, instituciones y organizaciones constituidas por personas morales disfrutan de un gran listado de deducciones fiscales. Las deducciones fiscales, son aquellas que la empresa puede disminuir de sus ingresos acumulables en un año, para que la base gravable, que es sobre la cual se calcula el impuesto, sea menor.

A menor base gravable, menor es el impuesto a pagar.

Es importante mencionar que NO TODOS LOS GASTOS EN UNA EMPRESA, SON DEDUCIBLES, es decir, no todos los gastos los vamos a poder disminuir de nuestros ingresos fiscales.

Para saber qué gastos cumplen con los requisitos de deducibilidad, así como los topes máximos que se pueden deducir de determinados gastos, tenemos que apegarnos a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y al Código Fiscal de la Federación (CFF).

Listado de las deducciones más comunes para persona moral

• Costo de lo vendido

• Devoluciones y descuentos sobre ventas realizadas

• Pago de Sueldos y Salarios

• Pago de Asimilados a Salarios

• Cuotas Patronales pagadas al  IMSS e INFONAVIT

• Impuesto sobre nóminas

• Pagos de servicios profesionales

• Combustibles y Lubricantes

• Consumos en Restaurantes en pro de la empresa

• Fletes y Acarreos

• Intereses de préstamos invertidos en los fines del negocio

• Uso o goce de temporal de bienes

• Primas por seguros o Fianzas

• Anticipos a cuentas de mercancías siempre y cuando solicites factura

• Inversiones en Activos Fijos donde la deducción se realiza  a través de la  depreciación, de acuerdo con las tasas de depreciación establecidas en la LISR

• Créditos incobrables o pérdidas de fuerza mayor: Son aquellas cuentas que la empresa no puede cobrar por imposibilidad del cliente para pagar.

• Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.

Al día de hoy el SAT no ha publicado oficialmente una prorroga para que las personas morales tengan mas tiempo para declarar su declaración anual, por lo que el 31 de Marzo, es la fecha límite para presentar tu declaración anual, si aun no lo has hecho o tienes dificultades con declaraciones anteriores, te apoyamos con asesoría fiscal y revisión de estatus, para que aún puedas cumplir a tiempo y en forma.

#EducaciónFinanciera #TipEmpresarial #TipDeContabilidad #DeduccionesEmpresa #Personamoral 

¿Qué debe hacer tu contador por ti?

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La contabilidad en el Siglo XXI está in mersa en las formas de hacer negocios y su retroalimentación de los retos y los cambios que deben ser las organizaciones para cumplir sus objetivos. La globalización, competitividad, calidad total, reingenieria son nuevos...

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Declaración Anual

Declaración Anual

Personas morales

Debes cumplir con la presentación de tu último pago provisional del ejercicio 2019, así como el entero de las retenciones correspondientes.

Pagos provisionales:  Ingresos, retenciones y pagos efectuados.

  • Comprobantes de nómina de sueldos, salarios y asimilados:
    • Importe de la nómina.
    • Entero de las retenciones.
    • Subsidio para el empleo.
Régimen General de Ley Personas Morales.
 
Obligación:
  • Declaración anual de ISR del ejercicio personas morales.
Régimen Sector Primario.
 
Obligación:
  • Declaración anual de ISR Régimen Primario. Personas Morales. (Ésta se presentará cuando no cumpla con los requisitos para declarar como Sector Primario en el F25.

 

Régimen General de Ley Personas Morales.
 
Obligación:
  • Declaración anual de ISR del ejercicio personas morales que tengan la autorización para aplicar el estímulo de Región Fronteriza Norte.
Régimen de Sociedades Cooperativas.
 
Obligación:
  • ISR Sociedades cooperativas de producción.

Personas Físicas

En tu declaración anual deberás presentar la información de tus ingresos, deducciones personales, retenciones y pagos provisionales.

  • Los obligados a presentar la Declaración Anual como personas físicas que hayan obtenido ingresos, entre otros, por los siguientes conceptos:
  • Sueldos, salarios y asimilados
  • Actividad empresarial y Servicios profesionales (Honorarios)
  • Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras 
  • Arrendamiento
  • Enajenación de bienes
  • Enajenación de aciones en bolsa de valores
  • Adquisición de bienes
  • Intereses 
  • Premios
  • Dividendos

Datos generales

  • Para pagar por transferencia electrónica a través del banco es necesario tener una cuenta con servicio de banca electrónica.
  • Para presentar la declaración deberás contar con:

 RFC, contraseña o e.firma

  • En todos los casos deberás recibir el acuse de recibo de la declaración.
  • Si optaste por pagar en parcialidades, también obtendrás los formatos de pago de contribuciones federales, con las líneas de captura de las parcialidades solicitadas. 
  • Acuse de recibo de la declaración y en su caso línea de captura.

¿Tienes duda de tu contabilidad

Contáctanos @Arguet Consultoría.

 

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